Birmania: Corte Penal Internacional inicia indagatorias sobre potenciales crímenes a rohinyás

Fotografía: Tasnim News Agency.

LA HAYA (La Opinión de Chiloé) — Mediante un comunicado, Fatou Bensouda, fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), anunció este martes 18 de septiembre que había abierto un examen preliminar sobre la supuesta deportación de rohinyás por parte de Birmania hacia Bangladés. Este es el primer paso en un proceso que puede derivar hacia una investigación formal por el Tribunal de La Haya y posiblemente la imputación de cargos.

Hace dos semanas, la CPI se declaró competente para investigar la deportación de esta minoría musulmana, lo que podría constituir un crimen de lesa humanidad. Myanmar (también denominada Birmania) «resueltamente» rechazó esta decisión, a lo que Bensouda indicó: «si bien Myanmar no es un Estado parte de la CPI, Bangladés sí lo es. Por lo tanto, la Corte puede ejercer jurisdicción sobre esta conducta en la medida en que ocurra parcialmente en el territorio de Bangladés. En este contexto, el examen preliminar podrá tener en cuenta una serie de supuestos actos coercitivos que han provocado el desplazamiento forzado del pueblo rohinyá, incluyendo la privación de derechos fundamentales, homicidios, actos de violencia sexual, desapariciones forzadas, actos de destrucción de bienes y saqueos».

Bensouda agregó que «mi Oficina seguirá examinando si otros crímenes en virtud del artículo 7 del Estatuto de Roma pueden aplicarse a la situación en comento, como los delitos de persecución y otros actos inhumanos».

Explicó además que «un examen preliminar no es una investigación, sino un proceso de examen de la información disponible para llegar a una determinación plenamente informada sobre si existe una base razonable para proceder con una investigación de conformidad con los criterios establecidos por el Estatuto de Roma. Específicamente, en virtud del artículo 53 (1) del Estatuto de Roma, yo, como Fiscal, debo considerar las cuestiones de jurisdicción, admisibilidad y los intereses de la justicia al hacer esta determinación. Todo examen preliminar requiere una evaluación rigurosa de la información disponible, un análisis fáctico y legal exhaustivo y una evaluación irreprochable de los criterios del Estatuto de Roma. Esto es lo menos que le debemos a las víctimas».

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