
Véase también:
Castro: fijan juicio para sujeto que tras golpear a mujer lanzó jabalina en el tórax a Carabinero.
CASTRO (La Opinión de Chiloé) — Tras varios intentos fallidos y un juicio que debió realizarse en abril del año pasado, finalmente durante hoy miércoles se procederá a leer el fallo en contra de un sujeto residente en Puerto Aysén que, fuera de toda duda razonable, fue encontrado culpable de agredir a su conviviente y atacar con una jabalina a un Carabinero que, gracias a su chaleco antibalas, salvó providencialmente de sufrir alguna lesión de gravedad. El juicio se realizó el pasado 21 y 22 de marzo.
Tal y como reveló La Opinión de Chiloé, los hechos se remiten a aproximadamente las 07.30 horas de la mañana del 12 de mayo de 2016 cuando I.S.A. llegó a su domicilio en calle Presidente Ibañez de Castro, y se enfrascó en una acalorada discusión con su conviviente, José Miguel Obreque Igor, quien le reprochó el horario de llegada; el incidente aumentó de intensidad hasta que el sujeto habría tomado con fuerza a la víctima por los hombros y la empujó contra la pared golpeándose la cara para posteriormente arrebatarle el celular con que ésta quiso pedir auxilio a Carabineros y lo rompió.
Aunque la acusación del Ministerio Público inicialmente señaló que el delincuente habría agarrado una jabalina para amenazar e intimidar a la mujer con darle muerte, y el pedido de auxilio que realizó en el Servicentro Copec de calle Galvarino Riveros esquina Intendente García, las amenazas no se pudieron acreditar en la corte principalmente porque la víctima decidió no concurrir al juicio. Aparentemente, perdonó a su agresor.
Sin embargo, lo que se pudo acreditar es que con la jabalina, el sujeto atacó a uno de los dos Carabineros que acogieron la denuncia de la mujer. En particular, se comprobó que al momento de percatarse de la presencia policial, Obreque Igor a viva voz insultó a los funcionarios policiales y lanzó golpes directos hacia uno ellos con el arma. En ese marco, otros tres carabineros se sumaron al procedimiento, momento en que el imputado caminó hasta el acceso de la vivienda y le lanzó la jabalina a J.C.C. en pleno tórax gritándole a viva voz “te voy a matar paco conch*****”.
El objeto atravesó la chaqueta operativa y se incrustó en el chaleco antibalas, evitando que penetrara. Cabe señalar que, a pesar que pudo haber muerto de no haber llevado chaleco, él y ningún otro de los funcionarios policiales quiso utilizar su arma de servicio en el incidente ya que aparentemente, no imaginaron que el joven protagonizaría tal ataque.
Para el Ministerio Público los hechos descritos eran constitutivos de los delitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar (VIF) en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 397 en relación con el artículo 494 n.°5, y amenazas no condicionales en contexto de VIF, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 296 n.° 3, todos del Código Penal, y en relación con el artículo 5° de la Ley n.° 20.066, ambos cometidos en perjuicio de la su conviviente. En cuanto al ataque al policía, se estimaba que se configuraría el delito de maltrato de obra a Carabinero de servicio causando la muerte en grado de tentado, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código de Justicia Militar.
Dado que su conviviente no asistió al juicio, sólo se acreditó la existencia del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar (VIF) en grado de consumado, por lo que arriesga una pena de 61 días de presidio. En el caso de la agresión al funcionario, el delito se recalificó a atentado contra la autoridad, previsto en el artículo 261 n.°2 en relación al artículo 262 n.º 1 del Código Penal, ilícito en los que correspondió al causado José Miguel Obreque Igor, una participación en calidad de autor, de acuerdo con lo que dispone el artículo 15 n.° 1 del Código Penal por lo que arriesga tres años y un día de presidio.
Comentarios