Para el próximo 24 de febrero de 2017 quedó fijada la audiencia de Juicio Oral en contra de una pareja que fue detenida en junio de 2016 acusada de tráfico de drogas en el sector de Villa Esperanza de Ancud tras meses de trabajo de la PDI que incluyó escuchas telefónicas, seguimientos, fotografías y pedidos de apertura del secreto bancario, entre otras diligencias.
De acuerdo al Auto de Apertura de Juicio Oral al que accedió La Opinión de Chiloé, alrededor de las 19.35 horas del 9 de junio de 2016, los acusados S.G.G.M (en prisión preventiva en Ancud) y C.E.S.Y. (en prisión preventiva en Puerto Montt) fueron sorprendidos en su domicilio ubicado en calle Río Pudeto con 101,5 gramos de peso bruto de clorhidrato de cocaína destinados a la venta a consumidores habituales de la ciudad de Ancud, procediéndose a su detención. Además, en su domicilio se incautaron elementos destinados a dosificar la droga como bolsas de plásticas y una balanza de bolsillo color gris; también se requisó un teléfono celular marca Samsung color blanco y $305.000.- (trescientos cinco mil pesos).
El Ministerio Público indica que los hechos descritos son constitutivos del presunto delito de Tráfico de sustancias o drogas estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley n.°20.000, en relación al artículo 1° del mismo texto, en grado de desarrollo de consumado.
Para el caso del joven C.E.S.Y. se está pidiendo la pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 40 UTM (alrededor de $1.845.480.-) y demás accesorias legales del artículo 28 del Código Penal; el joven no presenta antecedentes penales y ostenta una irreprochable conducta anterior.
En cuanto a la mujer identificada como S.G.G.M. se está pidiendo la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, multa de 40 UTM (alrededor de $1.845.480.-), y demás accesorias legales del artículo 28 del Código Penal; ella presentaba ya una condena en 2013 por delito de tráfico en pequeñas cantidades por la que había recibido una sentencia de 200 días de presidio menor en su grado mínimo.
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