
Véase también:
Castro: trabajador del aseo muere tras choque de auto con camión recolector de basura.
Castro: confirman identidad de trabajador fallecido en accidente protagonizado por ebrio.
Castro: ebrio a prisión tras choque donde murió trabajador del aseo. Era reincidente.
CASTRO (La Opinión de Chiloé) — Luego de varias jornadas de juicio oral ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro, durante el día de hoy se determinó, más allá de toda duda razonable, la culpabilidad de un sujeto responsable de un fatal accidente de tránsito registrado durante la tarde del miércoles 25 de agosto de 2021 en el sector Piruquina de la capital provincial, y que dejó como víctima fatal a un trabajador del aseo en plenas funciones.
De acuerdo a antecedentes judiciales que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, tras la realización del juicio durante el 15 y 16 de mayo, los magistrados dieron por acreditada la culpabilidad de Manuel Antonio Villarroel Haro (52 años) respecto del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, con licencia de conducir cancelada, causando la muerte de Pedro Alfonso Mansilla Mancilla (49 años), quien ese día estaba finalizando su jornada laboral cuando fue aplastado hasta la muerte por el delincuente.
El siniestro vial se registró alrededor de las 19.00 horas de ese día, y según concluyeron los jueces, el acusado «conducía en manifiesto estado de ebriedad y con su licencia de conducir cancelada, el vehículo placa patente NE-8684 por la Ruta W-460, del camino Laguna Pastahue S/N de Castro, instantes en los cuales debido a su estado etílico y no estar atento a las condiciones del tránsito, atropelló a la víctima Pedro Alfonso Mansilla Mancilla, para luego impactar el camión placa patente LPYF-18, el cual se encontraba trabajando como recolector de basura».
Indicaron que «producto del impacto la víctima queda atrapada entre los dos móviles, resultando con múltiples lesiones de carácter grave que le produjeron la muerte en el lugar por traumatismo de extremidades inferiores».
El estado de ebriedad fue corroborado por personal de Carabineros que llegaron al lugar, quien presentaba incoherencia al hablar, rostro congestionado y fuerte hálito alcohólico, cotejándose aquello con el intoxilyzer que fue conteste con ebriedad manifiesta.
Así lo expresaron los jueces quienes indicaron que tras el siniestro vial, «se le realizó un examen respiratorio, el que arrojó como resultado 1,64 gramos por mil de alcohol en la sangre, para posteriormente ser trasladado hasta el Hospital de Castro, donde se le realizó examen de alcoholemia respectivo, el cual arrojó como resultado 2,36 gramos por mil de alcohol en la sangre».
En aquella época, fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé confirmaron que Manuel Antonio Villarroel Haro era un delincuente con al menos dos sentencias anteriores por conducción en estado de ebriedad sin licencia de conductor, y que había accedido en reiteradas ocasiones al beneficio de audiencias de procedimiento abreviado donde había recibido penas poco gravosas e, incluso, la remisión condicional de la pena en uno de ellos quedando inmediatamente libre.
El antisocial se encuentra en prisión preventiva desde el domingo 29 de agosto de 2021, por lo que enfrentó el juicio por este ilícito desde la cárcel. El Ministerio Público está pidiendo que se le imponga 10 años de cárcel, el máximo de la Ley Emilia.
Los magistrados indicaron que «el Tribunal ha formado su convicción del hecho imputado y la participación del encartado sobre la base de la ponderación racional de la prueba producida durante el juicio oral por el acusador fiscal, teniendo como fundamentos principales de la decisión de condena, las declaraciones de los testigos, otros medios de prueba reconocidos por los mismos, prueba documental y pericial, todo lo que permitió demostrar la existencia del hecho objeto de la acusación, superando la presunción de inocencia que lo amparaba, de acuerdo al artículo 4° del Código Procesal Penal».
Agregan que «la sentencia que se dictará en este juicio, será condenatoria respecto del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, con licencia de conducir cancelada, causando la muerte, en grado de consumado, previsto y sancionado en los artículos 196 y 110 de la Ley 18.290 de Tránsito con la circunstancia del artículo 196 n.°3».
Si bien es cierto la defensa pidió la absolución de este delincuente argumentando que él no tendría participación en este accidente fatal, lo cierto es que eso fue desechado completamente.
Hay que recordar que tal y como consignó La Opinión de Chiloé, las alarmas se activaron alrededor de las 19.20 horas de ese 25 de agosto de 2021, indicándose que todo habría ocurrido mientras el camión estaba estacionado a la espera que dos trabajadores terminaran de recoger algunas bolsas con desechos domiciliarios, en uno de los últimos tramos de su día de trabajo.
Fue en dicha circunstancia que Villarroel Haro, en estado de ebriedad, de improviso y a alta velocidad, chocó con el móvil mayor atropellando y aprisionado violentamente con su vehículo a la víctima, provocándole la muerte. Él en tanto, resultó con lesiones menores, quedando detenido.
Realizada la audiencia de formalización, la juez de turno Jesica Yáñez Sanhueza decidió imponer la medida cautelar de prisión preventiva al estimar que la libertad del delincuente representaba un peligro para la seguridad de la sociedad y un peligro de fuga, lo que se mantiene hasta el día de hoy.
El Mayor Gustavo Guajardo, jefe de la Segunda Comisaria de Carabineros de Castro, aseguró el día de los hechos que «mientras un camión municipal efectuaba labores de recolección de basura con dos personas efectuando estas labores más un conductor, fue impactado por un vehículo particular que se trasladaba hacia la comuna de Castro, hacia el sector oriente».
En tanto, Fernando Gavilán, enfermero reanimador del Samu Chiloé, acotó que al llegar al lugar, se encontraron con «una persona de sexo masculino fallecida y en el interior del vehículo menor un masculino, de aproximadamente 45 años, que estaba con lesiones no de gravedad en el momento, que fue extricado por personal de bomberos y posteriormente estabilizado por el personal Samu para trasladarlo el Servicio de Urgencia».
Gavilán agregó que el varón fallecido «habría quedado atrapado entre el vehículo menor y la parte posterior del camión», mientras que el ocupante sobreviviente atendido habría consumido alcohol.
Fuentes judiciales consultadas por La Opinión de Chiloé refirieron que el 17 de agosto de 2020 había terminado una sentencia de 541 días de presidio menor en su grado medio por conducción en estado de ebriedad con sanción vigente, ilícito que ocurrió aproximadamente a las 23.30 horas del 1 de diciembre del 2017 cuando, sin haber obtenido licencia de conducir y teniendo otra condena vigente previa por lo mismo, condujo ebrio el vehículo patente TB-8061 por calle Galvarino Riveros de la ciudad de Castro, siendo fiscalizado por personal de Carabineros quienes se percataron de su fuerte hálito alcohólico, incoherencia al hablar procediendo a su detención. Efectuada la prueba respiratoria en el lugar de su detención arrojó como resultado 3,03 gramos de alcohol.
Sobre el antecedente previo a ese hecho, el 2 de junio de 2017 había sido condenado a 541 días de presidio menor en su grado medio como autor del delito de conducción en estado de ebriedad sin la licencia debida tras ser detenido alrededor de las 19.50 horas del 7 de octubre de 2016 en la intercepción de calle Blanco con Luis Espinoza de Castro. El examen de alcoholemia respectivo en aquella oportunidad arrojó un resultado de 2,85 gramos por mil en la sangre.
En la última sentencia, el delincuente recibió el beneficio de remisión condicional de la pena, quedando sujeto el condenado al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Castro por 541 días.
Respecto a la segunda sentencia, el antisocial recibió el beneficio de sustituirla por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, y que consistía en el encierro en el domicilio informado por él entre las 22.00 horas de cada día hasta las 06.00 horas del día siguiente.

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