CASTRO (La Opinión de Chiloé) — En medio de una fiscalización rutinaria realizada por funcionarios policiales en la comuna de Castro, durante este viernes se logró detener a un sujeto portando una importante cantidad de sustancias ilícitas que habrían estado destinadas a ser comercializadas a consumidores habituales de drogas de esa zona.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-1663-2024 RUC 2410031985-K seguida ante el Juzgado de Garantía de Castro, la diligencia se concretó alrededor de las 17.25 horas del día en comento cuando un varón mayor de edad fue sorprendido bebiendo bebidas alcohólicas en la vía pública, transformándose en sujeto de interés por parte de Carabineros.
Así las cosas, se procedió a iniciar un control de identidad, instantes en que el imputado se habría negado a entregar su cédula de identidad, para luego en medio de insultos, decidir escapar, siendo perseguido. En medio de su huida, habría decidido lanzar hacia la calle una bolsa, la que sería recogida con posterioridad por funcionarios policiales.
En tal marco, el aludido fue atrapado, reducido y detenido a la altura aproximada del 1.300 de calle Cancha Rayada, mientras que en la bolsa recuperada, se descubrió una especie de «ladrillo» blanco, que a la postre, fue identificada como clorhidrato de cocaína.
Así al menos lo concluyó el informe de orientación química de la droga elaborado por la Sección de Investigación Policial (SIP) de la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro, el cual arrojó positivo para clorhidrato de cocaína.
En efecto, según el fiscal de turno, el bloque tipo ladrillo con una forma de relieve tipo delfín —que será objeto de investigación ya que podría relacionarse a alguna banda criminal— tenía un peso de 1.007,8 gramos, avaluado en alrededor de 10 millones de pesos, incautándose inmediatamente.
Se añadió una pesa digital, dos teléfonos celulares (que serán peritados para revisar la red de contactos del imputado) y $595.000.- en dinero en efectivo que sería producto de la comercialización de drogas.
El imputado, identificado como Felipe Ignacio Pacheco Velásquez (26 años), quedó a disposición de la justicia por su eventual responsabilidad en el delito de tráfico de drogas, sin perjuicio de lo propio respecto a su actitud frente a Carabineros que lo fiscalizaron inicialmente.
La audiencia de control de la detención para aludido se realizó durante el sábado en el Juzgado de Garantía de Castro, instancia donde se declaró ajustada a derecho para dar paso a la formalización de la indagatoria.
Así las cosas, para el Ministerio Público de esa ciudad se configuraría, el presunto delito de tráfico ilícito de drogas, descrito y sancionado en el artículo 3° en relación al artículo 1°, ambos de la Ley n.º20.000.-, en su modalidad de disposición, porte y guarda.
Se añadió además la eventual falta penal de ocultación de identidad, descrito y sancionado en el artículo 496 n.º5 del Código Penal, sumándose también la presunta falta penal de falta de respeto a la autoridad, descrita y sancionada en el artículo 495 n.º4 del mismo articulado.
A este respecto, la fiscalía estima, por ahora, que le podría caber una posible participación de autor en los ilícitos en comento en los términos del artículo 14 n.º 1 y 15 n.° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado.
En tal marco, y una vez sopesados todos los antecedentes recopilados por personal policial, la juez de turno determinó que se darían los supuestos fácticos para indicar la efectividad de los hechos y que el imputado podría tener responsabilidad directa en los delitos señalados.
En este sentido, concluyó que hasta el momento, existiría un correlato evidente entre la versión expresada por la Fiscalía y los hallazgos encontrados en las diligencias preliminares de Carabineros, por lo que dio lugar a la formalización.
El fiscal (s) de Castro, Cristian Mena Espinoza, solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, asegurando que «estimamos que su libertad es peligrosa para la seguridad de la sociedad, además claramente existe riesgo de fuga».
Dejó entrever también que el sujeto habría dado ante el Tribunal un domicilio que no era el suyo: «no corresponde a su domicilio, lo debo exponer también, conforme a las diligencias que se realizaron el día de hoy en la madrugada, por lo que eso también genera un mayor riesgo de fuga», dijo.
Las alegaciones de la Defensoría Penal Pública, en manos del abogado Arturo Figueroa Márquez, no controvirtieron en gran medida lo expuesto por la Fiscalía, centrando sus alegaciones en la necesidad de cautela y a que el detenido tendría irreprochable conducta anterior.
Añadió el abogado que en su opinión, no existieron acciones de su representado destinadas al tráfico o la comercialización de esta droga, algo que fue desechado por la juez, Alejandra Varas Cuevas, al recordarle que «la norma sanciona diversas hipótesis para efectos de determinar si estamos ante un delito de tráfico ilícito de drogas, y en este caso, se dan varios supuestos que establece la norma; la posesión, la custodia, la guarda de esta droga sin contar con la debida autorización», dijo.
Acotó que en virtud de todos los antecedentes, «uno pudiera deducir que era para efectos de traficar drogas, pues portaba una importante cantidad de dinero en efectivo, dos teléfonos celulares más la pesa digital». Así, concluyó con la imposición de la medida cautelar personal de prisión preventiva.
La decisión se habría tomado en atención a que en su opinión, en el presente estadio procesal existen elementos suficientes para estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se apreciaría que la libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y un eventual riesgo de fuga, atendida la gravedad del delito, la pena posible a imponer y su eventual forma de cumplimiento, que dan cuenta, por ahora, de la insuficiencia de otras medidas cautelares de menor intensidad.
Añadió también que «por las diligencias de investigación que se practicaron, tampoco existe certeza de que el domicilio que informó en la audiencia al momento de su individualización corresponda [a una real]», mencionando que el imputado entregó el domicilio de su madre, quien entrevistada aseguró no saber dónde vivía su hijo, y de una expareja, quien entrevistada, expresó que hace 5 meses no sabía de él.
Se fijó un plazo de investigación de 120 días, ordenándose su ingreso al Centro de Detención Preventiva de Castro.
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