Contraloría instruye procedimiento sumarial por erróneas cifras de contagios COVID-19

Fotografía: Ministerio de Salud.

SANTIAGO (La Opinión de Chiloé) — Luego de los sistemáticos cuestionamientos públicos a los registros oficiales de contagiados por SARS-CoV-2 (causante del COVID-19), finalmente una auditoria realizada por la Contraloría General de la República confirmó irregularidades e instruyó la realización de un procedimiento sumarial para determinar las eventuales responsabilidades administrativas.

En el informe que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé se indica que el proceso de auditoría tuvo como objetivo «comprobar que la información relativa a la cantidad de casos contagiados con COVID-19 registrada en el ‘Sistema de Registro, Alerta y Vigilancia de Enfermedades de Notificación Obligatoria’ conocido como sistema EPIVIGILA, sea fidedigna e íntegra, y que se hayan adoptado medidas de control para el ingreso, procesamiento y reportabilidad de los datos, de manera de determinar si los resultados comunicados oficialmente por el Ministerio de Salud, MINSAL, (…) correspondían a los reportes de los distintos intervinientes públicos y privados para la obtención y consolidación de la información a nivel nacional». Se tomó en cuenta datos hasta el 9 de junio de 2020.

En tal marco, se concluyó que la información relativa a la cantidad de contagios registrada en el sistema en comento no consideraba la totalidad de los casos que han sido confirmados con COVID-19 por los laboratorios que practican el examen PCR.

A este respecto, la Contraloría señala que ello ocurriría «por cuanto, no todos los facultativos cumplen con su obligación legal de notificar en el mencionado aplicativo a las personas sospechosas de portar esa enfermedad», añadiendo también que no existen antecedentes suficientes para afirmar que el Ministerio de Salud «haya efectuado todas las acciones tendientes a ingresar a la plataforma tales casos, a pesar de que contaba con la información para ello, a través de los resultados con diagnóstico positivp que le remiten dichos laboratorios».

Acota que «a lo anterior, se suma el hecho de fue existen laboratorios que realizan tomas de muestra sin la solicitud de una orden médica, por lo cual, no existe un facultativo para incorporar la información de los casos al sistema».

Indica que «además de afectar las cifras oficiales dadas a conocer a la ciudadanía, impide un control efectivo de los contagiados y sus contactos estrechos, por los mecanismos e instituciones habilitadas para aquello, toda vez que los casos señalados tampoco se encuentran notificados en el sistema EPIVIGILA».

En efecto, el documento expresa que «el hecho de que el sistema EPIVIGIUA no haya incorporado todos los casos confirmados con COVID-19 por los laboratorios, pese a que se tenía conocimiento del diagnóstico, impidió un control efectivo de ellos por parte del personal de las instituciones que realizan acciones de fiscalización en terreno como también, imposibilitó su seguimiento y el de sus contactos estrechos al no ser ingresados en el sistema de vigilancia activa, ni el control del cumplimiento de las medidas sanitarias, lo que podría haber contribuido a la propagación de dicha enfermedad y afectar la toma de decisiones para la planificación, implementación y evaluación de medidas orientadas a proteger la salud de la población», se asegura.

En consecuencia, el fiscalizador explica que lo ocurrido vulnera los principios de responsabilidad, transparencia, publicidad y control previstos en el articulo 3° inciso segundo de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, como también incumple lo establecido en el artículo 5° inciso segundo de la Ley n.°20.285 sobre Acceso a la Información Pública, que señala que es pública la información elaborada con presupuesto público, y toda otra información que obre en poder de los órganos de la Administración, cualquiera sea su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento.

Debido a esto, el ente estatal instruyó la realización de un procedimiento sumarial en la Subsecretaría de Salud Pública para determinar las responsabilidades administrativas correspondientes.

Cabe mencionar que la auditoría refiere que en el reporte diario del 9 de junio, el Minsal informó 142.759 casos notificados por los médicos en el EPIVIGILA. Sin embargo, se detectaron 34.542 casos que no estaban en el sistema, cuestión que, según precisa la Contraloría, impidió un control efectivo del personal de fiscalización, como también imposibilitó su seguimiento y el de sus contactos estrechos.

Vale decir, un 19,5% de los casos positivos no estaba ingresado en las estadísticas oficiales al momento de la investigación.

Posteriormente, se detalla que el 16 de junio la Subsecretaría de Salud Pública informó un ajuste al incluir un total de 31.412 contagiados no notificados en EPIVIGILA. No obstante, asegura el dictamen de Contraloría, no se pudo constatar que dichos casos correspondieran a los detectados en la auditoría, debido a que se incluyeron casos con la información acumulada al 25 de junio, pero no se aportó la base de datos con el detalle de los contagiados.

El informe de Contraloría también describe que los resultados de los exámenes de los laboratorios enviados al Ministerio de Salud se consolidan en una planilla Excel, por cuanto no existe un sistema que automatice el procesamiento de esa información, lo cual conlleva el riesgo de que los datos pueden ser modificados o se produzcan errores en su manejo.

En consecuencia, el ente contralor solicitó a la Subsecretaria de Salud Publica que en un plazo de 10 días deberá justificar las inconsistencias advertidas en los datos comunicados a la ciudadanía. Además, en el mismo plazo, se pide que el Departamento de Epidemiología realice una revisión de aquellos casos no notificados en EPIVIGILA.

En cuanto a la falta de mecanismos de control para el cumplimiento de notificación en el sistema en comento por parte de los médicos, la Subsecretaría deberá remitir a la Contraloría, en un plazo de 30 días hábiles, el resultado de la revisión de la información relativa a 135 profesionales que tienen perfil de notificador pese a que no se encuentran registrados en la base de datos de médicos cirujanos’de la Superintendencia de Salud.

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