Puqueldón: mujer vive pesadilla tras ingreso de sujeto a su casa con cuchillo amenazándola de muerte

Fotografía de contexto.

PUQUELDÓN (La Opinión de Chiloé) — Un violento incidente circunscrito a violencia intrafamiliar se registró durante este fin de semana en la comuna de Puqueldón luego que un delincuente, premunido de un arma blanca, ingresara a la fuerza a la vivienda de su exconviviente para amenazarla de muerte a altas horas de la noche.

De acuerdo a información judicial recopilada por La Opinión de Chiloé, el ilícito se habría registrado alrededor de las 03.20 horas de la madrugada del domingo en una vivienda del Pasaje Los Maquis de Puqueldón, cuando César Belarmino Millape Ramírez (34 años) ingresó contra la voluntad de su dueña para proceder a agredirla.

Según reconoció el mismo delincuente ante el Juzgado de Garantía de Castro, tras entrar se sentó en la mesa del comedor «desde donde procedió a amenazar de manera seria y verosímil a la víctima señalándole “te voy a matar con esta cuchilla” mientras le mostraba en forma intimidante un cuchillo que mantenía en una de sus manos».

Inmediatamente, la víctima solicitó la presencia de personal del Retén de Carabineros de Puqueldón quienes concurrieron al lugar y procedieron a detener al sujeto en el interior del domicilio.

Luego de pasar a control de detención y formalización de la investigación, se constató que Millape Ramírez ya había protagonizado otro incidente violento con la misma mujer el pasado 12 de mayo, y que se vinculaba mensajes con palabras de alto calibre donde la amenazaba de muerte a través de la red social Facebook.

La víctima ha asegurado que no sería la primera vez que era amenazada, acusando que incluso el antisocial le escribiría mensajes al teléfono de su hija de 11 años de edad. La Opinión de Chiloé confirmó que el sentenciado posee un amplio prontuario criminal.

El delincuente admitió responsabilidad en ambos hechos violentos ante la juez de turno luego que el Ministerio Público de Castro presentara un requerimiento verbal simplificado, por lo que ambas causas se dieron por cerradas durante el mediodía del domingo.

Así las cosas, se procedió a condenar a César Belarmino Millape Ramírez a 61 días de presidio menor en su grado mínimo en su calidad de autor de un delito de amenazas simples cometido en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 296 n.° 3 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley N° 20.066, en grado de desarrollo de consumado, por lo que pasó el domingo.

Además, se decretó la accesoria especial de la Ley de Violencia Intrafamiliar del artículo 9 en su letra B) por el término de dos años, esto es, la prohibición absoluta de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en que ésta se encuentre o frecuente habitualmente, por dicho periodo.

Se añadió una multa de aproximadamente $10.000.- tras ser condenado en su calidad de autor de un delito de violación de morada, previsto y sancionado en el artículo 144 del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado. La multa se le dio por cumplida tras haber estado detenido un par de horas esperando pasar a su formalización.

Por otro lado, y respecto a lo que pasó en mayo, se procedió a condenar a Millape Ramírez a 41 días de presidio menor en su grado máximo en su calidad de autor de un delito de amenazas simples cometido en contexto de violencia intrafamiliar, ilícito previsto y sancionado en el artículo 296 n.° 3 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley n.°20.066, en grado de desarrollo de consumado.

Se añadió acá la accesoria especial de prohibición absoluta de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en que ésta se encuentre o frecuente habitualmente, por un periodo de dos años.

Para el cumplimiento de las dos penas de cárcel, y reuniéndose por parte del sentenciado los requisitos legales, se le sustituyó por una pena única de 136 horas de prestación de servicios a favor de la comunidad, la que consistirá en la realización de actividades no remuneradas en favor de la colectividad o en beneficio de personas de precariedad coordinadas por un Delegado de Gendarmería de Chile, pena que procederá por una sola vez dada la improcedencia de otras penas sustitutivas.

Cabe mencionar que La Opinión de Chiloé consultó con fuentes judiciales que ratificaron que posee distintos antecedentes vinculados a varios ilícitos, incluyendo indagatorias por lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, conducción en estado de ebriedad con resultado de daños, lesiones menos graves, dos delitos de desacato y conducción en estado de ebriedad.

Antes de lo que pasó este domingo, el Fiscal de Castro, Enrique Canales Briones, ya alertaba al tribunal que «la víctima se encuentra en una situación de riesgo inminente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 20.066 de Violencia Intrafamiliar, por lo que se solicita se decreten las medidas cautelares establecidas en el n.º1 del artículo 92 de la Ley 19.968 sobre Tribunales de Familia, por el plazo legal estipulado». 

La juez había impuesto ya la prohibición absoluta del imputado de acercarse a la víctima, algo que no lo detuvo para protagonizar el incidente del domingo.

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