Quellón: formalizan a profesor tras accidente fatal bajo la influencia del alcohol

Fotografía: José Marcelo Oyarzo Oyarzo.
Véase también:
Quellón: profesor ebrio protagoniza accidente que dejó un muerto. Huyó del lugar.

QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — En prisión preventiva quedó finalmente el presunto responsable de un fatal accidente de tránsito ocurrido durante la madrugada de este sábado en la comuna de Quellón, y que dejó a una persona fallecida tras ser atropellado a alta energía por un vehículo menor.

Tal y como consignó La Opinión de Chiloé, este nuevo siniestro vial en la zona sur de la isla Grande se reportó alrededor de las 05.05 horas de la mañana, indicándose que un peatón había sido embestido en plena Ruta 5 Sur, en el kilómetro 1 de la salida norte de la ciudad puerto, quedando mal herido en la vía.

Se trataba de José Marcelo Oyarzo Oyarzo (45 años), vecino que al momento de los hechos se habría estado dirigiendo hacia su residencia, que precisamente se encontraba emplazada a pasos de la zona del siniestro.

Funcionarios de la 6ª Comisaría de Carabineros de Quellón concurrieron a la altura del kilómetro 1.269 de la Ruta 5 Sur para corroborar los hechos, constatando la presencia de la víctima en la vía y algunos restos del que habría sido el móvil que lo atropelló.

Personal del Servicio de Atención Médica de Urgencia (SAMU) declaró el fallecimiento, mientras que personal policial aisló el sitio del suceso y se dio a la tarea de iniciar las primeras diligencias para dar con el paradero de quien sería el presunto responsable, quien no fue encontrado en el lugar.

Por instrucciones del Ministerio Público de Quellón, se solicitó la asistencia de la Sección Investigadora de Accidentes en el Tránsito (SIAT) de la Prefectura de Carabineros de Chiloé para determinar la dinámica de lo que pasó y la búsqueda del prófugo.

La causa se caratuló, provisoriamente, como un eventual delito de huir del lugar del accidente sin prestar auxilio a la víctima ni dar cuenta del accidente a la autoridad con resultado de muerte, ello porque, como se viene diciendo, el conductor del móvil no estaba en el lugar.

El capitán Humberto Mella de la SIAT confirmó que realizaron tanto un levantamiento planimétrico como fotográfico, así como las pericias mecánicas, empadronamiento de eventuales testigos y revisión de cámaras de seguridad.

Sobre este punto, se pidieron los registros de las cámaras de seguridad del servicentro Petrobras que está en las inmediaciones del lugar del accidente, observándose al vehículo menor transitando a una velocidad no razonable ni prudente, una figura penal que la actual legislación tipifica

En medio del trabajo indagatorio, alrededor de las 09.00 horas de la mañana se informó que la persona que sería el conductor del vehículo, identificado como Víctor Eduardo Correa Mardones (27 años), se habría entregado presuntamente reconociendo su responsabilidad.

El capitán Mella aseveró que el imputado prestó declaración aseverando que habría embestido a «algo» mientras circulaba por la vía, sin detenerse.

La información fue confirmada por el capitán Marcos Sánchez Burgos, comisario (s) de la 6ª Comisaría de Carabineros de Quellón, quien aseguró que el procedimiento policial se activó cuando se «recibió un llamado de un transeúnte quien manifiesta que un hombre habría sido atropellado».

«En el lugar de los hechos no se encontraba el autor del atropello, por lo que se comenzaron a realizar diligencias y levantamiento de cámaras con la finalidad de identificar al autor», aseguró.

Expresó que respecto del detenido, «alrededor de las 09.00 horas de la mañana se recibió un llamado en la guardia de Quellón donde se identifica un hombre de 27 años, manifestando que a la hora del accidente, él habría transitado por la Ruta 5 Sur, y habría atropellado algo, no deteniéndose para verificar».

Así las cosas, Carabineros concurrió al domicilio del imputado junto con personal de la SIAT para proceder a trasladarlo a la Comisaría y tomarle declaración, entre otros procedimientos.

La prueba respiratoria que se le practicó al aludido habría marcado 0,68, consistente con un posible manejo bajo la influencia del alcohol, quedando detenido. Eso sí, fue trasladado hacia un centro asistencial para concretar la alcoholemia de rigor.

Atendidos los antecedentes recopilados por personal especializado, la fiscal Karyn Alegría Veliz decidió solicitar la formalización del imputado por la eventual comisión de por lo menos dos delitos.

El primero de ellos es el presunto delito de conducción de vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol con resultado de muerte, previsto y sancionado en el artículo 193 inciso 4° de la Ley n.°18.290 de Tránsito en relación al artículo n.°110 del mismo cuerpo normativo.

Además, se añadió el eventual delito de huir del lugar del accidente sin prestar auxilio a la víctima ni dar cuenta del accidente a la autoridad con resultado de muerte, que está descrito y sancionado en el artículo 195 inc. 2° y 3° de la Ley n.°18.290 de Tránsito en relación al artículo n.°110 del mismo cuerpo normativo.

A este respecto, la fiscalía estima, por ahora, que al imputado le podría caber una posible participación de autor en estos ilícitos en los términos del artículo 14 n.º 1 y 15 n.° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado.

Luego, la persecutora penal pidió que se le impusiera al aludido la medida cautelar de prisión preventiva, por considerar que su libertad constituiría un peligro para la seguridad de la sociedad.

Una vez sopesados todos los antecedentes recopilados por personal de la 6ª Comisaría de Carabineros, la juez (s) Claudia Villa Esperguel determinó que se darían los supuestos fácticos para indicar la efectividad de los hechos y que el podría tener responsabilidad directa en ambos ilícitos,

Lo anterior es sin perjuicio de alguna eventual reformalización si la alcoholemia que será remitida por el SML acredita que a la hora de los hechos el imputado manejaba en estado de ebriedad; de hecho, el intoxilyzer fue tomado casi cuatro horas después del accidente, por lo que nada se ha descartado.

Luego, respecto de ambos ilícitos, Villa concluyó que hasta el momento, existiría un correlato evidente entre la versión expresada por la Fiscalía y los hallazgos encontrados en las diligencias preliminares de las policías, por lo que dio lugar a la formalización.

Por lo tanto, determinó que en este estadio del proceso, se apreciaría que la libertad del imputado constituiría un peligro para la seguridad de la sociedad, atendido el carácter y número de delitos por los cuales fue formalizada la investigación, y las penas potenciales que podría enfrentar, por lo que decretó su prisión preventiva.

Aunque el abogado defensor Darwin Loreto incidentó esta medida aseverando que su representado tiene irreprochable conducta anterior y que ha colaborado en la indagatoria, aquello fue desestimado. Se fijó un plazo de investigación de 180 días.

Mientras tanto, se está a la espera de la alcoholemia y de pruebas de ADN tras encontrarse rastros biológicos en el vehículo (incautado) del conductor, y que se presume, son de la víctima.

Hay que recordar que el artículo 176 de la Ley de Tránsito indica que «en todo accidente del tránsito en que se produzcan lesiones o muerte, el conductor que participe en los hechos estará obligado a detener su marcha, prestar la ayuda que fuese posible y dar cuenta a la autoridad policial más inmediata, entendiéndose por tal cualquier funcionario de Carabineros que estuviere próximo al lugar del hecho, para los efectos de la denuncia ante el Tribunal correspondiente».

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