
ANCUD (La Opinión de Chiloé) — Una sigilosa batalla en el Juzgado de Letras de Castro se venía realizando desde hace casi dos años y medio entre una vecina oriunda de Ancud y el Servicio de Salud Chiloé, todo luego de un insólito descuido al interior de un quirófano del Hospital San Carlos de Ancud, y que terminó con la mujer portando dentro de su cuerpo una compresa quirúrgica que le ocasionó dolor y malestares físicos y psicológicos por casi cuatro años. Las partes en conflicto acaban de ser notificadas de la sentencia hace casi una semana, accediendo la víctima a una indemnización de $15 millones de pesos.
Según el relato de la paciente que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos se gestaron el 6 de diciembre de 2012 cuando concurrió al hospital tras comenzar con trabajo de parto, debiéndose someter a una cesárea segmentaria transversa efectuada por el médico Gabriel Hermosilla Gómez como primer cirujano y el médico Jorge Martinovic Rechnitzer como segundo, sí, el mismo que tras ser despedido en 2013 generó una movilización de apoyo de médicos y dentistas del recinto ancuditano exigiendo su recontratación.
El procedimiento general no tuvo complicaciones, por lo que se le procedió a suturar las heridas para remitir a recuperación; se le ordenó reposo a la paciente, consumo de líquidos, control de signos vitales, curaciones y la ingesta de varios medicamentos para la evolución post-operatoria. La mujer fue dada de alta 3 días después aparentemente sin novedad.
Sin embargo, al llegar a su casa algo comenzó a pasar iniciándose un largo calvario de dolencias en su área abdominal incluyendo náuseas, vómitos, diarreas y malestar permanente; en términos simples, dolor que nunca pasaba. Se incluyó además una inflamación e infección de la vagina de carácter agudo, con una inflamación en el útero con secreción y dolor.
La paciente fue a consultas médicas y como ya es costumbre en el recinto hospitalario local, recibió atenciones dudosas y se le puso en lista de espera para exámenes. En particular, pasó fines de 2012, 2013, 2014, 2015 y hasta mediados de 2016 con dolores en los que ningún profesional pudo ser capaz de identificar el origen real; ese 2016, la mujer indica «mi condición de salud ya era insostenible, pues tal cuadro permanente de dolor abdominal e incomodidades físicas afectaba el normal desarrollo de mi vida, toda vez que reaccionaba con cuadros de decaimiento general, estrés y angustia por dichos padecimientos».
Así, recién el 6 de julio de 2016 accedió a una ecotomografía de la región abdominal donde se pudo observar un pólipo vesicular; posterior a aquél, se realizó una tomografía de abdomen y pelvis donde se pudo detectar, después de varios años, la presencia de un cuerpo extraño.
La mujer indica que día después, «la presencia de dicho elemento en mi cavidad abdominal se confirmó mediante radiografía efectuada en el Hospital de Castro datada el 29 de julio de 2016», vale decir, durante las incontables ocasiones que concurrió al Servicio de Urgencia del Hospital de Ancud ¿a nadie se le ocurrió realizar una radiografía? ¿una ecotomografía? ¿un TAC?.
Ese mismo 29 de julio se le realizó una laparotomía exploratoria en el nosocomio castreño y se le extrajo el referido cuerpo anómalo que resultó ser una compresa que estuvo alojada en su cuerpo desde diciembre de 2012.
Superada la sorpresa de cómo terminó todo, la paciente decidió interponer una demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio contra del Servicio de Salud de Chiloé, escrito fundado en la eventual negligencia médica que habría ocurrido en el Hospital de Ancud ese día 6 de diciembre de 2012, donde al equipo del pabellón se les «olvidó» un objeto extraño dentro de su cuerpo que le causó distintos malestares por años.
Lo insólito de todo es que tras conocer la demanda, el Servicio de Salud intentó que la víctima no fuera resarcida negando la existencia efectiva de algún daño, aunque si reconoció una eventual negligencia médica dado que era imposible rebatir aquello. Es más, indicó que el objeto extraño dentro de su cuerpo “no había generado molestia alguna, daño o sufrimiento sino con un mes de antelación, período desde el cual la paciente sintió hinchazón abdominal” a pesar de la enorme cantidad de informes de urgencia donde reportó dolor abdominal y malestares, existiendo en algunos diagnósticos bien interesantes de los profesionales como por ejemplo, «alergia» o «gastroenteritis», entre otros.
En tal marco, el juez (s) Jorge Ibarrola Águila acogió parcialmente la demanda, y ordenó pagar a la demandante $15.000.000.- por daño moral y $380.359.- por daño material. Ambas partes fueron notificadas de la sentencia el 30 de agosto recién pasado.
Dentro del considerando trigésimo séptimo del fallo al que tuvo acceso La Opinión de Chiloé, se indica: «habiéndose comprobado todos los elementos de la responsabilidad por falta de servicios respecto del Servicio de Salud Chiloé, por el olvido de una compresa quirúrgica en la cavidad abdominal de la demandante, en la cesárea que se le practicó en el Hospital de Ancud en diciembre del año 2012, corresponde acoger la demandada indemnizatoria, por los montos ya determinados por daño emergente y daño moral».
En el considerando vigésimo tercero el juez menciona que «una actuación como la descrita, de olvidar material quirúrgico en el interior del cuerpo de una paciente, constituye un olvido inexcusable, que no resulta compatible, con el estándar de diligencia esperable en las actuaciones de profesionales de la salud, que desarrollan un procedimiento quirúrgico en una persona, y evidentemente, dicho comportamiento, en ningún caso puede ajustarse a la lex artis médica del caso concreto».
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