Ancud: polémica por loro protegido termina en suspensión condicional

Véase también:
Ancud: hasta 3 años de cárcel arriesga vecina por tener loro protegido de mascota.

Tras la polémica que levantó la planificación de una audiencia en el Juzgado de Garantía de Ancud donde se formalizaría a una joven madre de la Población Bellavista 1 como presunta autora de maltrato animal, luego de descubrirse en su casa un Loro Choroy que es protegido por Ley, finalmente la magistrado decidió decretar una salida alternativa.

De acuerdo a antecedentes discutidos en la audiencia a los que accedió La Opinión de Chiloé, a las 13.47 horas del 13 de septiembre pasado la Policía de Investigaciones y personal del SAG allanó el domicilio de G.M.M. en calle Felipe de la Rosa y procedió a incautarle la especie que era mantenida en una jaula, aparentemente en buen estado, y que desde la Región del Bio-Bío hasta la Región de Los Lagos se cataloga en estado de conservación vulnerable mientras que en la zona central (Región de Coquimbo hasta El Maule) se encuentra en peligro de extinción.

La vecina fue apercibida por violar el artículo 291 bis del Código Penal que indica: «el que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última»; además de lo establecido respecto a la caza y comercialización de especies prohibidas, establecido en el artículo 5° de la Ley 19.473 que indica: «queda prohibido, en toda época, levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos y crías, con excepción de los pertenecientes a las especies declaradas dañinas».

Trascendidos aseveran que la mujer fue trasladada a la unidad policial de la PDI donde habría explicado que la especie en su poder se la habrían regalado, y que la trasladó a su domicilio sin saber que era un animal sujeto de protección. La Opinión de Chiloé constató que la Fiscalía pidió finalmente una suspensión condicional del procedimiento por 1 año a partir del cual, la causa será sobreseída; la mujer deberá fijar domicilio y comunicar cualquier cambio al Ministerio Público y realizar una donación de $25.000.- en favor la Agrupación Juvenil Sociedad Verde de Ancud (Protección Animal) otorgándole un plazo para dicho pago, a más tardar el día 15 de noviembre del año en curso.

Caso contrario, si G.M.M. no cumple, se reactivará el proceso pudiendo arriesgar una pena que va desde 541 días a 3 años y un día de prisión y a una multa que va desde $91.998.- a $1.379.970.-; o bien, si se comprueba que no existía dolo, sólo a una multa que oscila en los tramos señalados.

¿Qué es una suspensión condicional de procedimiento?

Según el Centro de Documentación Defensoría Penal Pública «consiste en un acuerdo entre fiscal e imputado por el cual se suspende la investigación y el procedimiento por un tiempo determinado, entre 1 y 3 años –según los Arts. 237 y 238 CPP– durante el cual se somete al imputado al cumplimiento de ciertas condiciones decretadas por el juez de garantía, de tal manera que si las cumple y no es objeto de una nueva formalización por hechos distintos, se extingue la acción penal por los ilícitos que motivaron la investigación, debiendo el tribunal de oficio, o a petición de parte, dictar sobreseimiento definitivo. Requiere que previamente se haya formalizado la investigación y, una vez que se haya dado a conocer en audiencia pública, sea aprobado por el juez de garantía».

Fotografía: Wikimedia Commons.

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