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SISS abre expediente de caducidad de concesión de Essal en Osorno.
OSORNO (La Opinión de Chiloé) — Durante esta tarde, el superintendente (s) de Servicios Sanitarios (SISS), Jorge Rivas, anunció la finalización del proceso sancionatorio llevado adelante en contra de la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos, Essal, por el masivo corte del suministro de agua potable que afectó a la ciudad Osorno entre el 11 y el 21 de julio del año pasado, detallando una histórica multa.
Según se detalló, el monto asciende a un total de 2.720 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a $1.642.510.080 en moneda de agosto de 2020, por los nueve cargos formulados contra la compañía. La sanción monetaria se transforma en una de las más altas aplicadas en contra de una sanitaria en el país, y que está contemplada en la Ley.
Se debe precisar que paralelamente, aún continúa en evaluación ante la Superintendencia de Servicios Sanitarios la tramitación de un procedimiento especial destinado a determinar la eventual caducidad de las concesiones de agua potable de Essal en Osorno.
Así lo confirmó Rivas, quien detalló que tal proceso «sigue en desarrollo debido a la cantidad de información técnica, económica y jurídica entregada por la empresa, a la que se han sumado nuevos antecedentes, diligencias y presentaciones para la mejor resolución, entre ellos, un proceso de venta de la sanitaria que podría concluir con la llegada de un nuevo dueño para estas concesiones, todo lo cual debe ser ponderado por el fiscal instructor a cargo del proceso».
Tras esta sanción, la compañía aún puede apelar para solicitar rebajar la multa o dejarla sin efecto, incluyendo la interposición de un recurso administrativo de reposición ante la misma Superintendencia y, posteriormente, un eventual recurso de reclamación ante los tribunales de justicia.
Cargos formulados
Hay que recordar que la empresa dejó de prestar el servicio debido a la contaminación con petróleo diésel de la planta de agua potable Caipulli, tras un derrame. Por este incidente, la Superintendencia levantó varios cargos, entre los que se encuentran:
a) Incumplimiento de la obligación de calidad de servicio y particularmente por no cumplir con la calidad del agua de acuerdo con las normas que rigen en Chile (NCh 409/1 Of.2005), especialmente en cuanto a requisitos de sabor y olor, presencia de cloro libre residual y turbiedad.
b) Incumplimiento de la obligación de continuidad del servicio de agua potable, tras dos eventos que dejaron sin agua a Osorno entre el 11 y el 17 de julio, y luego entre el 17 y el 21 de julio. En el primer caso, se dejó sin servicio al 97,9% de los clientes de la ciudad, y en el segundo, al 50,6%.
c) Afectación de los usuarios: La ley establece límites a las situaciones de corte, y el hecho de que en ambas situaciones de corte no programado de suministro se haya afectado a un porcentaje importante de la población constituye una infracción.
d) Poner en peligro la salud de la población: Al extenderse más allá de lo debido el corte de agua potable, la concesionaria incurrió en una infracción de peligro.
e) No cumplir con las instrucciones de la SISS: ESSAL Osorno incumplió el Oficio de la SISS N°3459 del 25 de noviembre de 2008 que establece las condiciones de prestación del servicio en caso de emergencias. En concreto, la empresa no cumplió con las obligaciones en cuanto a la atención de la emergencia, plazos de solución y distribución alternativa de agua potable.
f) Información errónea a la autoridad y a los clientes: El cargo en este aspecto se refiere tanto a que no se informó oportunamente del derrame, como a la serie de informaciones manifiestamente falsas a los clientes y a la SISS sobre las causas del problema, el tiempo de reposición luego de la suspensión del suministro, causas del segundo corte y capacidad real de abastecimiento de emergencia.
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