
PUERTO MONTT (La Opinión de Chiloé/Poder Judicial) — Para el próximo martes está planificada una nueva reunión de la Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Puerto Montt, quien procederá a evaluar las solicitudes presentadas por diversos internos que cumplen condenas efectivas de presidio en los recintos penitenciarios de Ancud, Castro y Puerto Montt.
De acuerdo a información que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, son 160 reos que buscarán acceder al beneficio de libertad condicional, siendo nueve de Ancud, 16 de Castro y 135 de Puerto Montt.
La instancia será presidida por el ministro de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, Jaime Vicente Meza Sáez, e integrada por los jueces del Juzgado de Garantía de la comuna, Lorena Fresard Briones y Mónica Sierpe Scheuch, y los magistrados del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, Rosario Cárdenas Carvajal y Andrés Villagra Ramírez. Junto a ellos, además, participará como secretaria de la Comisión Carolina Mancilla Ojeda y como relatora, Alejandra Osman Naoum, ambas funcionarias de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.
Se espera que la sesión parta a las 08.00 horas de la mañana y de manera remota, en virtud de la actual emergencia sanitaria.
En esta instancia, se revisará caso a caso las solicitudes junto con los informes técnicos presentados por Gendarmería para cada aplicante.
Hay que recordar que en la anterior sesión, realizada el 9 de abril de este año, la comisión otorgó la libertad condicional a 18 internos de un total de 117 postulantes de los penales de Ancud, Castro y Puerto Montt.
En efecto, 12 de los solicitantes en aquella oportunidad estaban en el Centro Penitenciario de Alto Bonito de Puerto Montt, 2 internos del Centro de Detención Preventiva de Castro y a 4 internos del Centro de Detención Preventiva de Ancud.
Este martes, se volverán a evaluar muchas de las solicitudes que se rechazaron en abril, a las que se sumaron poco más de 80 reos adicionales.
Cabe mencionar que a los 18 que salieron en abril, se sumaron 23 más luego que la Defensoría Penal Pública ingresara 26 recursos de amparo intentando que algunos de los que fueron rechazados accedieran al beneficio. La Corte Suprema aceptó a un total de 23.
Las solicitudes para acceder a la libertad condicional deben cumplir los requisitos establecidos en el Decreto Ley n.°321 de 1925, modificado por la Ley n.°31.124 que entró en vigencia el 18 de enero de 2019, y su reglamento, además de los informes preparados por Gendarmería ya referidos.
Si se otorga la libertad condicional, el penado beneficiado será liberado de inmediato para cumplir lo que queda de su condena fuera de la cárcel.
Para postular al beneficio, se requiere que cada sujeto haya cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal, y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad.
Se debe añadir que el pasado 17 de septiembre, el Ejecutivo publicó el Decreto n.°338 donde aprobó el reglamento que establece las normas relativas a la organización del sistema de libertad condicional, incluyendo los programas, las características y los aspectos particulares que éstos deberán tener, así como los planes de intervención individual y las características y requisitos que deberán reunir los delegados de libertad condicional.
Comentarios