
VALPARAÍSO (La Opinión de Chiloé) — A través de un comunicado, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso indicó que durante este viernes procedió a aplicar una multa de poco más de dos millones y medio de pesos al Presidente de la República, Sebastián Piñera, todo tras ser sorprendido no usando mascarilla en la playa de Cachagua, siendo fotografiado.
En el escrito, el organismo indicó que «ha firmado la resolución del sumario sanitario cursado al Presidente de la República, Sebastián Piñera, tras la autodenuncia presentada por el Mandatario por incumplimiento en el uso de mascarilla en espacio público en la comuna de Zapallar el sábado 5 de diciembre».
Acotan que la resolución establece «una multa de 50 UTM, lo que equivale a 2.551.450 pesos», y según confirmó la Presidencia, en el Palacio de La Moneda, ya fue pagada.
Las imágenes del paseo de Piñera incumpliendo la normativa sanitaria se difundieron el mismo 5 de diciembre a través de The Clinic, donde se indicó que el Mandatario se tomó varias fotografías con personas que se le acercaron. A este respecto, lo que se sabe es que fue él quien se acercó a unos salvavidas y pidió una foto a uno de ellos, que tiene síndrome de Down, tomándola con su propio celular y poniendo en riesgo a otros.
El caso generó diversas críticas ciudadanas, mientras que el lunes 7 de diciembre, el Gobierno confirmó que el Piñera se autodenunciaría por lo sucedido.
En cuanto a la causa penal por como presunto autor del delito de atentado a la salud pública descrito y sancionado del artículo 318 y 318 bis del Código Penal, por ahora se desconoce su avance.
Hay que recordar que la norma asegura que las sanciones en Corte son una multa de hasta 200 unidades tributarias mensuales (hasta $10.205.800.-) o como máximo tres años y un día de presidio menor en su grado medio, las que son independientes respecto de la multa que impuso la Seremi de Salud de Valparaíso en el sumario sanitario ya referido.
De hecho, el inciso primero del artículo 318 del Código Penal dice «el que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo a medio o multa de seis a doscientas unidades tributarias mensuales».
El artículo 318 bis del Código Penal en tanto, indica que «el que, en tiempo de pandemia, epidemia o contagio, genere, a sabiendas, riesgo de propagación de agentes patológicos con infracción de una orden de la autoridad sanitaria, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo, y multa de veinticinco a doscientas cincuenta unidades tributarias mensuales».
O sea, el hecho de ser el Presidente de la República podría ser un agravante, por lo que el Ministerio Público podría solicitar que se le imponga una pena de hasta 5 años de presidio. Se desconoce por ahora el estado de la causa penal.
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