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Atrapan en San Pablo a dúo de Queilen con 84 millones en drogas.
OSORNO (La Opinión de Chiloé) — Tras varios meses de investigación, y la colaboración sustancial del principal involucrado en los hechos, finalmente se dio como ejecutoriada la sentencia en contra de un delincuente residente de la comuna de Queilen, que en abril de este año fue sorprendido en la comuna de San Pablo con una millonaria carga de drogas que tenía como destino al Archipiélago.
Tal y como consignó La Opinión de Chiloé, la acción policial se enmarcó en antecedentes previos que daban cuenta del posible transporte de varios kilos de sustancias prohibidas hacia distintas ciudades del sur, procediéndose a realizar una serie fiscalizaciones que terminaron con casi $270 millones de sustancias ilícitas incautadas en tan sólo 48 horas más varios detenidos, estando entre ellos dos imputados residentes en Queilen que trasladaban $84 millones en estupefacientes.
Esta información fue confirmada por el coronel Gustavo Saavedra, prefecto de Carabineros de Osorno, quien explicó que «la droga tenía como destino la Isla de Chiloé», y que era transportada en 22 paquetes distribuidos en dos cajas de cartón, siendo apoyados en el hallazgo por los canes adiestrados Dubai y Gorky.
La fiscal jefe de Osorno, María Angélica de Miguel, corroboró la incautación del operativo, detallando que en la fiscalización «se abrió la maleta del vehículo, encontrando dos cajas contenedoras de 22 paquetes de marihuana, esto es un total de 8 kilos con 365 gramos los cuales venían en paquetes envueltos en bolsas nylon y embetunados en mostaza, ají y café».
En tal marco, se procedió a formalizar a los dos ocupantes del vehículo como eventuales autores en grado de consumado del delito de tráfico ilícito de drogas, aunque uno de ellos declaró ante el juez de turno que era el único responsable, renunciando a su derecho a guardar silencio. Aún así, se les envió a prisión preventiva. Pasaron los meses, y ya la causa tendría una sentencia ejecutoriada.
En efecto, según antecedentes judiciales del caso que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, el Ministerio Público dedujo una acusación respecto a los hechos, dando la alternativa de un procedimiento abreviado para uno de los imputados, el que reconoció autoría.
La Fiscalía detalló que todo se remitiría a alrededor de las 16.00 horas del 13 de abril de 2021, cuando Diego Isaac Núñez López (29 años) fue fiscalizado mientras se trasladaba conduciendo por la ruta 5 Sur, a la altura Kilómetro 897 de la comuna de San Pablo, el automóvil Peugeot 301 patente JDFS-99 transportando casi 84 millones de pesos en drogas.
Dijo el persecutor penal ante el juez que todo se descubrió cuando «personal de la Sección OS7 de Carabineros de Puerto Montt, efectuaban servicio de control carretero, procedieron utilizando un can detector de drogas a fiscalizar al imputado, hallando que este mantenía sin contar con la autorización competente al interior del vehículo dos cajas».
Añadió que «en la primera caja fue encontrando en su interior 14 paquetes de nylon transparente, revestidos con mostaza, ají y café, contenedores de cannabis. Sometida la sustancia hallada a análisis técnico (Cannabis Spray) esta arrojó coloración positiva para THC (tetrahidrocannabinol) agente activo de la cannabis, con un peso 5 kilos, 315 gramos».
«En la segunda caja, fue encontrando en su interior 8 paquetes de nylon transparente, revestidos con mostaza, ají y café, contenedores de cannabis. Sometida la sustancia hallada a análisis técnico ( Cannabis Spray ) esta arrojo coloración positiva para THC (tetrahidrocannabinol) agente activo de la cannabis, con un peso 3 kilos, 50 gramos. Dando un peso total de 8 kilos, 365 gramos de cannabis sativa», añadió.
Continuó aseverando que «además, el imputado mantenía en su poder un teléfono celular marca Motorola, modelo Fusión y $63.000.- en dinero efectivo en billetes de distinta denominación». Esto, junto a la droga, fue incautada, además de un vehículo.
A juicio del Ministerio Público los hechos configuraban un delito de Tráfico Ilícito de Sustancias o Drogas Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley N° 20.000, en relación al artículo 1° del mismo texto, en las hipótesis de transportar y poseer, en grado de desarrollo de consumado, cabiéndole participación en calidad de autor, encontrándose en grado de ejecución consumado.
En tal marco, se le ofreció al acusado la posibilidad de reconocer todo y acceder a un procedimiento abreviado, algo a lo que él accedió.
Así, Diego Fuentes Rolack, juez suplente del Juzgado de Garantía de Osorno, procedió a condenar a Diego Isaac Núñez López como autor del delito consumado de Tráfico Ilícito de Sustancias o Drogas Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley N° 20.000, en relación al artículo 1° del mismo texto legal, imponiendo una pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, multa de 50 unidades tributarias mensuales, y a la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
Luego, reuniéndose los requisitos del artículo 15 bis de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de la libertad vigilada intensiva por el tiempo que dure la condena impuesta, quedando sujeto el condenado al cumplimiento de un programa de actividades orientado a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral, a través de una intervención individualizada y bajo la aplicación de ciertas condiciones especiales que deberán ser aprobadas en su oportunidad, una vez presentado el plan de intervención por el delegado designado al efecto. Infórmese a Gendarmería de Chile, Centro de Reinserción Social que corresponda al domicilio del condenado para la designación del delegado respectivo.
El aludido estuvo privado de libertad un total de 176 días desde su detención hasta el 6 de octubre de 2021, cuando se le modificó la medida cautelar de prisión preventiva tras el ingreso del auto de apertura de juicio oral realizado por la Fiscalía en su contra.
¿Qué es la libertad vigilada intensiva? Según Gendarmería de Chile, «es una forma de cumplir condena sin estar recluido. Se caracteriza por un régimen de mayor control, en el que el penado estará sujeto al cumplimiento de un programa de actividades bajo la aplicación de condiciones especiales y la orientación permanente y rigurosa de un delegado de Gendarmería de Chile. Pueden acceder personas que han sido condenadas a penas de cárcel entre 3 y 5 años».
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