
CASTRO (La Opinión de Chiloé) — Una rápida tramitación ante el Juzgado de Garantía de Castro tuvo durante las últimas horas una causa penal abierta en contra de un sujeto con residencia en Chonchi que durante la madrugada de este martes protagonizó un violento accidente de tránsito en la capital provincial mientras huía del control de Carabineros.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos habrían ocurrido alrededor de las 03.30 horas de la mañana cuando Luis David Guenchumán Vidal, fue sorprendido por funcionarios policiales conduciendo un Station Wagon Suzuki Vitara irregularmente por la vía, solicitándole que se detuviera para el respectivo control.
El sujeto reconoció ante la juez que «conducía en manifiesto estado de ebriedad el vehículo placa patente JXKZ-61, por avenida Galvarino Riveros en dirección al centro de la ciudad de Castro, [y] en tales circunstancias al encontrarse a la altura esquina con calle Cahuach, personal de Carabineros observo que zigzagueaba por la vía por lo que intentaron su fiscalización, huyendo del lugar a alta velocidad».
Aseguró que lo hizo «no respetando semáforos en rojo por el centro de Castro, y llegando hasta la Ruta 5 en dirección al norte, manteniéndose permanentemente la persecución el vehículo policial por los funcionarios de Carabineros».
Fue a la altura del n.° 2456 de la Ruta 5 Sur que el condenado, debido al estado de ebriedad en que se encontraba y por la excesiva velocidad con que conducía, perdió el control del móvil y volcó a un costado de la vía según él mismo reconoció. Afortunadamente en toda esa carrera por la ciudad no colisionó a otros ni atropelló a alguien.
El mayor Gustavo Guajardo, comisario de la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro, confirmó esta información detallando que la huida partió cuando al imputado se le observa manejando «de manera errática y zigzagueante»
Dijo que se realizó un «seguimiento a distancia con todas las medidas de seguridad correspondientes y este procedimiento en definitiva culmina a la altura de la multitienda Sodimac, en donde este conductor, al enfrentar el bandejón central, pierde el control del vehículo, cruza el eje central de la calzada y termina volcado a un costado de la ruta».
Aseveró que al momento de llegar los policías «estaba saliendo del vehículo, este conductor, un joven de 28 años, lo hacía acompañado de otro varón y una dama, ambos adulos los cuales resultaron sin lesiones».
Voluntarios del Cuerpo de Bomberos de Castro concurrieron al sitio del suceso para prestar apoyo a los tres afectados quienes fueron asistidos en el mismo lugar para luego señalarles que serían remitidos hacia un recinto asistencial para constatar lesiones.
En cuando a quien manejaba, y luego de ser auxiliado por los funcionarios policiales, estos constataron que el imputado presentaba un una evidente incoherencia al hablar, un fuerte hálito alcohólico, inestabilidad al caminar y el rostro congestionado, todo consistente con una persona que estaba imposibilitada para conducir por estar en manifiesto estado de ebriedad.
Al revisar la existencia de estos signos físicos, se le practicó en el mismo lugar una prueba respiratoria que arrojo 2,02 gramos por mil de alcohol en la sangre.
Fue trasladado hacia un recinto asistencial para constatar lesiones y la toma de muestra para la alcoholemia de rigor que sería remitida al Servicio Médico Legal de Puerto Montt.
Esta no era la primera vez que el delincuente protagonizaba un hecho similar según el mayor Guajardo, detallando que «el conductor se encontraba transitando sin licencia en atención a que ésta se encontraba retenida por un suceso similar de un delito de conducción en estado de ebriedad».
En efecto, fuentes judiciales consultadas por La Opinión de Chiloé indicaron que el 13 de febrero pasado, aproximadamente a las 15.00 horas, fue sorprendido consumiendo bebidas alcohólicas con otros sujetos en el sector rural de la Playa Quento, de la comuna de Castro, y cuando personal de La Armada fueron a fiscalizar este comportamiento, todos decidieron intentar huir.
El sujeto reconoció ante la juez de turno que lo hicieron subiéndose «al vehículo placa patente JXKZ-61, con el que se desplazó a gran velocidad por la ruta rural, que accede a la ruta principal del sector, siendo seguido por personal de la armada e interceptado en unos 200 metros en dicho lugar impidiendo su huida y reteniéndolo hasta la llegada de personal de Carabineros».
«Al momento de constituirse en el lugar [los funcionarios] constataron que el imputado se habría desempeñado en manifiesto estado de ebriedad por los signos físicos que presentaba, aplicando la prueba respiratoria en el mismo lugar lo que arrojó como resultado 1,66 gramos por litro de alcohol en su sangre», agrega.
Particularmente en este caso, también se le tomó una muestra para la alcoholemia de rigor, y con fecha 9 de marzo de 2022, el Servicio Médico Legal de Puerto Montt, evacuó el informe respectivo dando como resultado 1,83 gramos por litro de alcohol en la sangre.
En vista y considerando, durante este martes el Ministerio Público de Castro agrupó ambos incidentes y presentó un requerimiento verbal simplificado donde Guenchumán Vidal admitió responsabilidad en ambos hechos.
Así las cosas, se le condenó como autor en grado de consumado de dos delitos de conducción en estado de ebriedad, descritos y sancionado en los artículos 110 y 196, de la Ley de Tránsito, por lo que recibió dos penas de 61 de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, dos multas de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual cada una; dos suspensiones de la licencia de conducir por dos años mas dos años, que serán de cumplimiento consecutivo, todo sin costas.
Ambas penas de multa se les dieron por pagadas considerando que estuvo detenido un par de horas los días 13 de febrero y 10 de mayo de 2022.
Luego, respecto de ambas penas corporales, éstas les fueron sustituidas por un apena única de remisión condicional de la pena, quedando sujeto el penado al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Castro, por el periodo de un año.
Así las cosas, fue dejado en libertad siendo apercibido que de conformidad al artículo 25 de la Ley 18.216, en el caso de incurrir en incumplimientos graves o reiterados de la pena sustitutiva, el Tribunal podrá proceder a su intensificación o revocación, sin otros abonos que considerar.

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