Quellón: formalizarán a vecino por cultivar marihuana en dormitorios

Fotografía de contexto.
Véase también:
Quellón: detienen a adulto mayor tras cultivo indoor de Cannabis en piezas de su casa.

QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — Luego de levantar una serie de antecedentes que darían cuenta de la eventual responsabilidad de un adulto mayor en el cultivo indoor de Cannabis sativa en su propio domicilio, el Ministerio Público de Quellón se alista a formalizarlo dentro de los próximos días ante el Juzgado mixto de la ciudad puerto.

De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, la audiencia para L.A.S.G. (63 años) quedó fijada para el próximo 8 de mayo por la presunta comisión del delito de cultivo/cosecha de especies vegetales productoras de estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley 20.000.

Para la Fiscalía, le cabría al imputado una eventual participación en calidad de autor en los términos del artículo 14 n.º 1 y 15 n.°1 del Código punitivo, en grado de desarrollo continuado.

Los hechos se remitirían a alrededor de las 10.30 hora de la mañana del pasado 23 de marzo, cuando personal policial concurrió al sector del Barrio Industrial tras antecedentes que aludirían a que al interior de una vivienda, una persona mantenía un sistema de cultivo indoor de Cannabis sativa.

La diligencia fue realizada por personal de la 6ª Comisaría de Carabineros de Quellón, que luego de entrevistarse con el imputado, procedieron a ingresar a la casa habitación tras ser autorizados, encontrando en el segundo piso un área especialmente acondicionada para el cultivo de estas plantas.

En el reporte policíaco, se contabilizaron alrededor de 35 tallos o plantas en crecimiento con su respectivo macetero, presentando una altura que variaba entre los 65 y 260 centímetros de alto.

La información fue confirmada por el mayor Iván Ulloa, jefe de la 6ª Comisaría de Carabineros de Quellón, indicando que «en atención de una ronda impacto y mediante un plan de búsqueda e información, concurren a un domicilio de una persona adulta de 63 años, quien autorizó el ingreso a su vivienda en forma voluntaria».

«Una vez en el interior, y en las piezas del segundo piso, se pudo verificar que mantenía un sistema indoor artesanal», dijo, corroborando el número total de plantas ya mencionadas, las que fueron incautadas.

Así las cosas, el funcionario señaló que el aludido fue detenido en flagrancia, siendo trasladado a las dependencias de la Comisaría a la espera de las determinaciones que tome el Ministerio Público local.

Expresó que la diligencia fue realizada por personal de la Sección de Investigaciones Policiales (SIP) de su dependencia, en el marco de una ronda extraordinaria que estuvo realizando Carabineros en toda la región de Los Lagos. El aprehendido no posee antecedentes penales.

El mayor Ulloa indicó que tras la detención, desde la Fiscalía se ordenó la puesta en libertad del imputado bajo apercibimiento del artículo 26 del Código Procesal Penal, por lo que su caso quedó a la espera de ser visto por el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quellón.

En consecuencia, y tras casi dos semanas en espera y levantamiento de más datos respecto al ilícito, el persecutor penal decidió ingresar un requerimiento para formalizarlo, audiencia que se concretaría, como ya se dijo, el próximo 8 de mayo en horas de la mañana.

En dicho marco, por ahora los antecedentes que se manejan en la causa darían cuenta que el número de plantas incautadas en este cultivo no estaban, inequívocamente, al servicio del potencial uso o consumo personal y próximo en el tiempo.

De hecho, a priori se confirmaría cualquier eventual presunción contraria, esto es, se sospecha un posible cultivo para su posterior circulación entre consumidores finales de marihuana, vale decir, tráfico.

En cuanto a lo incautado, se informó que fue remitido a dependencias del Servicio de Salud de Castro para su destrucción incinerados, lo que se concretará previa elaboración del acta de toma de muestras.

Hay que mencionar que el artículo 8º de la Ley n.º20.000 de Drogas indica que «el que, careciendo de la debida autorización, siembre, plante, cultive o coseche especies vegetales del género cannabis u otras productoras de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo y multa de cuarenta a cuatrocientas unidades tributarias mensuales, a menos que justifique que están destinadas a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, caso en el cual sólo se aplicarán las sanciones de los artículos 50 y siguientes. Según la gravedad del hecho y las circunstancias personales del responsable, la pena podrá rebajarse en un grado».

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