ANCUD (La Opinión de Chiloé) — Diversas diligencias investigativas han estado realizando funcionarios de Carabineros en la ciudad de Ancud luego que durante este jueves se procediera a la detención de varias personas que se dedicarían a la comercialización de sustancias prohibidas en el sector Fátima, confirmándose posteriormente de manera sorpresiva que fue en una vivienda donde reiteradamente se han encontrado drogas.
De acuerdo a antecedentes judiciales que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-989-2024 RUC 2400685891-7 seguida ante el Juzgado de Garantía de Ancud, la diligencia se habría registrado pasado el mediodía en una propiedad de calle San Martín, antes de llegar a la escalera que conecta esa arteria con calle Pablo de Rokha, dejando como detenidos a dos mujeres y un varón.
Acá hay que precisar que dentro de los imputados, se encuentra una delincuente que al menos desde agosto de 2023 sería objeto de interés por parte del Ministerio Público, atendido su presunta participación en hechos punibles vinculados a la venta de sustancias prohibidas, sin perjuicio de lo propio respecto de su pareja, que actualmente se encuentra en el Centro de Detención Preventiva de esa comuna.
En efecto, ella estaría o estuvo siendo vigilada sigilosamente por personal policial en virtud de una orden de investigar de la Fiscalía local ya que existían datos ciertos que se dedicaría a la venta de drogas, y aunque previamente la Policía de Investigaciones allanó la casa, cualquier aprehensión se habría visto frustrada por causa diversa, no así respecto de otros sujetos.
Precisando, fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé indicaron que la propiedad en comento ha sido foco de varios procedimientos policiales por sustancias durante el último año, incautándose en diversas ocasiones Cannabis sativa, pasta base de cocaína y clorhidrato de cocaína de distinta dosificación, y cuyo avalúo rondaría los $5.300.000.-
Por tales hechos, hay al menos dos condenados por tráfico de drogas además de porte de arma y municiones, los que terminaron con beneficios extrapenitenciarios (arresto domiciliario nocturno o libertad vigilada intensiva); sin embargo, en el caso de la mujer, recién durante este jueves se concretó su captura.
Eso sí, se debe mencionar que al menos a uno de los que accedió a beneficios, y que es pareja de la aludida, se le revocó la pena sustitutiva, ordenándose el cumplimiento efectivo tras ingresar el día 6 de mayo de 2024 a cumplir otra condena en causa RIT 568-2024 en calidad de rematado.
Volviendo a la diligencia que se concretó este jueves, la audiencia de control de la detención para el trío de imputados se realizó durante el vienes en el Juzgado de Garantía de Ancud, instancia donde se declaró ajustada a derecho para dar paso a la formalización de la indagatoria.
Así las cosas, para el Ministerio Público de esa ciudad se configuraría, respecto de la primera imputada antes mencionada, el presunto delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, descrito y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1°, ambos de la Ley n.º20.000.-
Se añadió además el eventual delito de porte y tenencia de arma de fuego, descrito y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra a) de la Ley 17.798, sumándose también el porte y tenencia ilegal de municiones del artículo 9 en relación al artículo 2 letra b) de la misma norma.
En cuanto al varón y la tercera detenida, se les formalizó por el presunto delito de porte y tenencia ilegal de municiones, añadiéndose respecto de la mujer, el delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, todos ilícitos descritos y sancionados por las normativas previamente citadas.
A este respecto, la fiscalía estima, por ahora, que a este trío les podría caber una posible participación de autores en los ilícitos en comento en los términos del artículo 14 n.º 1 y 15 n.° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado.
En tal marco, y una vez sopesados todos los antecedentes recopilados por personal policial, el juez de turno determinó que se darían los supuestos fácticos para indicar la efectividad de los hechos y que los imputados podrían tener responsabilidad directa en los delitos señalados.
En este sentido, concluyó que hasta el momento, existiría un correlato evidente entre la versión expresada por la Fiscalía y los hallazgos encontrados en las diligencias preliminares de las policías, por lo que dio lugar a la formalización.
Para el caso de la primera mujer, la que venía siendo objeto de interés por parte del Ministerio Público al menos desde el año pasado, se solicitó que se le aplique la medida cautelar más gravosa, esto es, la de prisión preventiva fundándola en al menos dos causales: que su libertad constituiría un peligro para la seguridad de la sociedad y existiría peligro de fuga.
Así, y acogiendo el pedido del persecutor penal, el juez de turno Fernando Feliú Correa decidió imponer como medida cautelar la prisión preventiva para ella.
La decisión de habría tomado en atención a que en su opinión, en el presente estadio procesal existen elementos suficientes para estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se aprecia que la libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad del delito, la pena posible a imponer y su eventual forma de cumplimiento, que dan cuenta, por ahora, de la insuficiencia de otras medidas cautelares de menor intensidad.
Para el caso de los otros dos imputados, el tribunal decretó medidas cautelares menos gravosas, esto es, la descrita en la letra c) del artículo 155 del Código Procesal Penal, o sea, firma quincenal en dependencias de la Primera Comisaría de Carabineros de Ancud.
Se añadió también aquella descrita en la letra d) del artículo 155 del mismo código, esto es, arraigo nacional, ordenando la inmediata libertad de los encartados. Se fijó un plazo de investigación de 90 días.
Respecto de la solicitud del Ministerio Público de acceder y peritar los teléfonos celulares incautados a los imputados en el procedimiento, las dos imputadas accedieron voluntariamente, mientras que respecto del imputado, se otorgó autorización judicial para objeto de revisar el contenido del mismo.
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