Castro: mujer con lesiones de mediana gravedad tras atroz golpiza de conviviente

Fotografía de contexto.

NERCÓN, CASTRO (La Opinión de Chiloé) — Una rápida tramitación ante el Juzgado de Garantía de Castro tuvo una causa penal por violencia intrafamiliar abierta durante este miércoles en la capital provincial, y que tuvo como protagonista a un sujeto que habría propinado una atroz golpiza a su conviviente, que quedó con severas lesiones.

De acuerdo a antecedentes judiciales que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos se remiten a la madrugada del 15 de junio de 2022, cuando el imputado identificado como Robinson Sebastián Vásquez Olivera se habría enfrascado en una discusión con su conviviente, agrediéndola brutalmente con golpes de pie y puño en distintas partes del cuerpo.

Según expuso el fiscal de la causa ante la juez de garantía, todo habría ocurrido al interior del Complejo de Cabañas Naudumar, en Nercón, «causándole múltiples lesiones, consistentes en múltiples hematomas a nivel de cara región frontal, edema facial, nariz con deformidad sensible a la palpación, múltiples hematomas a nivel de mamas, múltiples hematomas a nivel de abdomen, muslos y piernas con incontables hematomas de diferentes tiempos de evaluación, clínicamente de mediana gravedad».

Funcionarios de la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro se dieron a la tarea de iniciar las primeras indagatorias y detener a quien sería el responsable, lo que se concretó a las 03.00 horas de la madrugada para ponerlo a disposición de la justicia.

El Ministerio Público de Castro decidió ofrecer en la audiencia de control de la detención y formalización un requerimiento simplificado, presentando una acusación verbal, instancia en que el delincuente admitió responsabilidad en los hechos del requerimiento.

Así las cosas, la juez Jesica Yáñez Sanhueza condenó a Vásquez Olivera a cumplir una pena de 41 días de prisión en su grado máximo por su participación como autor en grado de consumado del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, descrito y sancionado en los artículos 399 y 400 del Código Penal, en relación al 5° de la Ley 20.066.

Se añadieron las accesorias legales incluyendo la del artículo 9 letras A) y B) de la Ley 20.066 por un año, esto es, la obligación de hacer abandono del hogar que compartía con la víctima, la prohibición de acercarse a ella, a dicho domicilio, a cualquier lugar en que trabaje o se encuentre o visite de manera habitual, por el término de un año.

La pena corporal fue sustituida por remisión condicional, quedando sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Castro, por el periodo de un año.

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