CASTRO (La Opinión de Chiloé) — Una rápida tramitación tuvo ante el Juzgado de Garantía de Castro una causa penal abierta durante este fin de semana en contra de un sujeto que, por causas no precisadas, habría realizado una amenaza de bomba a dependencias policiales de esa ciudad, activando un raudo operativo.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa rol RIT O-1711-2024 RUC 2410033331-3 seguida ante el Tribunal en comento, todo habría ocurrido en horas de al madrugada de este viernes cuando la Central de Comunicaciones de Carabineros recibió el llamado de un sujeto desconocido aseverando que tendría en su poder una bomba que instalaría en la Comisaría local.
Así las cosas, de inmediato se iniciaron diversas diligencias para dar con el paradero del presunto responsable, informando al Ministerio Público sobre lo ocurrido. En tal sentido se dispuso una orden amplia de investigar y la concurrencia de personal de la Sección de Investigaciones Policiales (SIP) de la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro para realizar las indagatorias de rigor.
Según el persecutor penal Andreas Tomás Kusch Frez, todo ocurrió alrededor de las 03.47 horas del día 12 de julio, y que el llamado habría sido realizado desde el teléfono móvil personal del requerido.
Fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé indicaron que en primer término, identificaron el número del cual se realizó la llamada, correspondiendo al número +569******20, el que curiosamente estaba publicado en redes sociales vinculado a un aviso de venta de un vehículo.
Además, y para complementar, el vehículo de marras había sido objeto de un procedimiento policial anteriormente, por lo que se pudo identificar de manera incuestionable al imputado de 21 años, quien fue ubicado y entrevistado.
En tal instancia, personal de la SIP le requirió voluntariamente la autorización para la revisión del teléfono, en específico el listado de llamadas, comprobándose que hizo una al 133. La duración de aquélla fue de 10 segundos, los que fueron coincidentes con la de la alerta de bomba.
El imputado aseguró que no recordaba haberla realizado, por lo que previa autorización judicial otorgada por Jésica Andrea Yáñez Sanhueza, se procedió a su detención para recabar mayores antecedentes respecto a la eventual participación del encartado.
Parte de la información fue confirmada Eduardo Gallardo, capitán de la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro, señalando que en el llamado el imputado habría dicho que «iba a instalar un artefacto explosivo en uno de nuestros cuarteles y lo iba a hacer explotar «.
Acotó que «posteriormente, Carabineros solicita más antecedentes a esta persona, la cual logran establecer que es de sexo masculino», expresando que «costa la llamada sin entregar mayores antecedentes y en base a eso, Carabineros rápidamente efectúa una denuncia, se realizan las indagaciones, se toma contacto con el Ministerio Público y a través de la bitácora web se instruye realizar las diligencias a fin de dar con el paradero de esta persona».
«Producto [del trabajo de la sección] de Inteligencia que Carabineros realiza en las distintas secciones que se encuentran aquí en la provincia de Chiloé, logran dar en este caso con el paradero de la persona», espetó.
Gallardo complementó aseverando que el aludido «corresponde a una persona de sexo masculino, de 21 años de edad, el cual mantiene otros antecedentes penales», siendo puesto a disposición de la justicia.
Corroboró que dentro de las labores que se realizaron, se tomó contacto con el fiscal y éste con el magistrado, emitiendo una orden de aprehensión dentro del contexto de la flagrancia, incautándosele el celular y tomándosele declaración en calidad de imputado.
Fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé confirmaron, además, que en enero de este año, el antisocial había accedido a una suspensión condicional del procedimiento evadiendo alguna sanción por un robo en la ferretería “El Puerto” de calle Pedro Montt de Castro, a pesar que fue sorprendido cometiéndolo.
Los hechos habrían ocurrido alrededor de las 00.05 horas del día 30 de octubre de 2023, cuando en compañía de otro sujeto, ingresan al local comercial referido efectuando un forado en la parte posterior del primer piso con clara intenciones de sustraer especies, desordenado las dependencias y registrando.
Carabineros los encontró in fraganti tras recibir la denuncia y hacer ingreso a la ferretería: ambos estaban escondidos y mantenían en dos carretillas diferentes especies con claras intenciones de sustraerlas. Mientras uno fue condenado, el otro (quien ahora amenazó con instalar una bomba) accedió a un beneficio propuesto por el fiscal (s) David Parrini Leal, esto es, una suspensión condicional del procedimiento.
Volviendo a lo ocurrido el viernes, durante este sábado se realizó la audiencia de control de la detención, la que fue declarada ajustada a derecho por la juez de turno, para luego dar paso a la formalización por la responsabilidad que le cabría en el delito de falsa alarma de emergencia.
Así las cosas, y previo acuerdo con la defensa, el Ministerio Público presentó un requerimiento verbal simplificado, instancia donde el fiscal Andreas Kusch Frez ofreció al delincuente la posibilidad de acceder a penas menos gravosas de reconocer su participación en los hechos.
En tal marco, el imputado admitió ante la juez Yáñez Sanhueza su responsabilidad, por lo que inmediatamente se decidió emitir una sentencia condenatoria por el delito en comento.
En efecto, se procedió a condenar al delincuente por su participación como autor en grado de consumado de un delito de falsa alarma de emergencia, previsto y sancionado en el artículo 268 bis del Código Penal.
Se procedió a imponer, por lo tanto, una pena de 41 días de presidio en su grado máximo, más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena.
Eso sí, cumpliendo los requisitos legales, la pena corporal para el encartado le fue sustituida por la remisión condicional, quedando sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Castro, por el periodo de un año.
Deberá, además, dar cumplimiento estricto a las exigencias del artículo 5° de la Ley 18.216 y presentarse ante dicho Centro de Reinserción Social en el plazo que el Tribunal le indique, bajo apercibimiento de despacharse una orden de detención en su contra si no lo hiciere.
Se le apercibió que, de conformidad al artículo 25 de la Ley 18.216, en el caso de incurrir en incumplimientos graves o reiterados de la pena sustitutiva, el Tribunal podrá proceder a su intensificación o revocación, existiendo dos días de abonos que considerar tras estar detenido los días 12 y 13 de julio.
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