HORNOPIRÉN/QUEILEN (La Opinión de Chiloé) — Una indagatoria desformalizada de carácter penal abrió durante este viernes el Ministerio Público de Hualaihué para determinar las circunstancias detrás del fallecimiento de un joven tripulante a bordo de una embarcación, y que se habría dado tras un accidente laboral.
De acuerdo a información preliminar recopilada por La Opinión de Chiloé, la emergencia se habría reportado desde el Remolcador Menor “Nachito”, con matricula 2326 de Coquimbo, cuando por causas que serán objeto de indagatorias, una boya de entre 0,2 y 0,3 toneladas cayó desde varios metros de altura sobre un tripulante, provocándole la muerte.
Las primeras informaciones indicaban que el incidente ocurrió mientras la víctima (y compañeros) efectuaban trabajos de instalación de un centro de cultivo. Así las cosas, la tragedia se gestó cuando presuntamente fallaron los elementos de amarre de una boya en suspensión, cayendo ésta sobre el afectado.
Testigos de este accidente indicaron que ello todo pasó mientras un tercero manipulaba la boya con una grúa, teniéndose como hipótesis preliminar el presunto corte de las amarras, no descartándose que haya existido un error humano previo a levantar el objeto.
Fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé confirmaron que el trabajador accidentado fue identificado como Laurindo Javier Llancabure Ruíz (36 años), joven que tendría residencia en la comuna de Queilen.
Luego del accidente, el remolcador se dirigió hacia la rampa del sector Pichanco, Hornopirén, en busca de asistencia médica mientras era asistido por un paramédico y se tomaba contacto con la Capitanía de Puerto para alertar sobre este siniestro marítimo.
Lo que se sabe hasta ahora es que el herido habría sufrido un traumatismo craneoencefálico de extrema gravedad, entrando en franco paro cardiorrespiratorio.
Fue el mismo paramédico quien inició maniobras de reanimación durante el trayecto, informando vía radial al médico de turno del Centro de Salud Familiar (CESFAM) de Hornopirén que el accidentado no presentaba signos vitales, confirmándose con posterioridad que estaba fallecido.
Personal de Policía Marítima de la Capitanía de Puerto de Hornopirén, acudió al arribo de la nave, corroborando que Laurindo Javier estaba fallecido, informándose al persecutor penal sobre este deceso.
Las primeras diligencias fueron encargadas a personal de la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones de Puerto Montt, quienes iniciaron los peritajes de rigor que permitan definir la dinámica de este fatal accidente.
La causa básica de defunción será determinada por el Servicio Médico Legal, trascendiendo que el Laboratorio de Criminalística de la PDI puertomontina también realizaría algunas diligencias.
El gobernador marítimo de Puerto Montt, Felipe Hernández, confirmó la información acotando que el accidente fue sobre la nave «que opera en la jurisdicción de Hornopirén, para la empresa Ventisqueros, instalando un centro de cultivo».
Corroboró que el siniestro habría ocurrido mientras «se desarrollaban maniobras de instalación de boyas de posicionamiento de estos recintos acuícolas».
Aseguró que según los datos que habían levantado provisionalmente, «por razones que están siendo investigadas, se cortó el elemento de amarre que mantenía la boya desde la grúa de la nave, cayendo sobre la borda para luego rebotar y terminar produciendo el aplastamiento del tripulante».
«La víctima falleció producto de la gravedad de sus lesiones internas, lo cual se constató una vez que la embarcación recaló y se constituyera personal de salud de Hornopirén como de la Capitanía de Puerto local», añadió el funcionario.
En vista y considerando, se instruyó la concurrencia del fiscal marítimo dependiente de la Gobernación Marítima de Puerto Montt para el inicio de la indagatoria marítimo-administrativa. Adelantó eso sí que el remolcador contaba con todas las autorizaciones pertinentes y no mantenía irregularidades graves, salvo que había un tripulante no declarado en el zarpe.
El Ministerio Público en tanto, caratuló el caso, provisoriamente, como un eventual cuasidelito de homicidio, ilícito previsto y sancionado en el artículo 391 n.°2 en relación al artículo 490 y 492 del Código Penal.
¿Qué significa un cuasidelito? En palabras simples, según el Defensor Regional José Luis Craig, es un acto que sólo se comete con culpa, negligencia o falta de cuidado, por lo que el imputado sería tratado en forma más benigna por la justicia, esto es con una sanción más baja dado que no habría intención de causar un mal.
Sus restos están siendo velados en la Sede Villa El Lago ubicada en el sector rural Lelbún, Queilen. Su funeral se realizara el día lunes 9 de enero del 2023, saliendo a las 15.00 horas desde la sede, para luego ser trasladado a la Iglesia de Agoní Bajo donde se realizará una misa a las 16.00 horas previo a su traslado al Cementerio de Agoni Bajo.
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