Un total de 272 candidatos a concejal son los que actualmente corren por algún puesto en las 10 comunas de la Provincia de Chiloé. De acuerdo a información que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, en las elecciones municipales de este 23 de octubre irán 39 en Ancud, 32 en Castro, 29 en Chonchi, 17 en Curaco de Vélez, 25 en Dalcahue, 22 en Puqueldón, 26 en Queilen, 27 en Quellón, 33 en Quemchi y 22 en Quinchao.
Son 60 cargos de elección popular en toda la Provincia (6 concejales por comuna) y, para ser electo, según el artículo 73 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades se requiere:
a) Ser ciudadano con derecho a sufragio;
b) Saber leer y escribir;
c) Tener residencia en la región a que pertenezca la respectiva comuna o agrupación de comunas, según corresponda, a lo menos durante los últimos dos años anteriores a la elección;
d) Tener su situación militar al día, y
e) No estar afecto a alguna de las inhabilidades que establece esta ley.
La Ley también indica que no podrá ocupar el cargo aquél que tuviera dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por un tratamiento médico.
Aunque en una gran variedad de temas los concejales no tienen poder resolutivo alguno, no pueden ser portadores o gestores o promotores técnicos de políticas públicas locales (algunos ni siquiera tienen enseñanza básica completa) ni tampoco se les exige dedicación exclusiva, sí tienen algunas atribuciones:
a) Elegir al alcalde, en caso de vacancia.
a) Pronunciarse sobre el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal, y varias otras materias.
a) Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal y la ejecución del presupuesto municipal, analizar el registro público mensual de gastos detallados que lleva la Dirección de Administración y Finanzas.
a) Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle las observaciones que le merezcan
a) Recomendar al alcalde prioridades en la formulación y ejecución de proyectos específicos y medidas concretas de desarrollo comunal.
a) Solicitar informe a las empresas, corporaciones o fundaciones municipales, y a las entidades que reciban aportes o subvenciones de la municipalidad.
a) Fiscalizar las unidades y servicios municipales.
a) Supervisar el cumplimiento del plan comunal de desarrollo.
Remuneraciones
No todo es compromiso o ganas de aportar a la comuna, ya que tras estos 60 cargos también hay suculentos $2.152.752.000.- en remuneraciones a repartir entre todos durante los 4 años que dura su mandato. Según la norma vigente, la remuneración de cada uno dependerá exclusivamente de la asistencia que tenga a las sesiones de los concejos municipales, que de acuerdo al artículo 84 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades son tres al mes.
La dieta mensual bruta puede ir entre los 7,8 y 15,6 UTM según determine anualmente cada concejo por los dos tercios de sus miembros. Luego, en el caso de Chiloé es el máximo legal, es decir, partirán con una remuneración de al menos $717.584.- por mes siempre que asistan a las sesiones tras ser electos en octubre más un bono en enero de cada año por 7,8 UTM, o sea, $358.792.- siempre que asista al 65% de las sesiones del concejo. A diferencia de los alcaldes, pueden trabajar en otras áreas sin problemas.
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