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Puerto Chacabuco: buscan a joven de Quellón extraviado en desconocidas circunstancias.
PUERTO CHACABUCO (La Opinión de Chiloé) — Tras alrededor de dos semanas desaparecido en aguas cercanas a Puerto Chacabuco, comuna de Aysén, el sábado pasado se confirmó el hallazgo del cuerpo sin vida del joven de Quellón Daniel Andrés Chiguay Chiguay (35 años), abriéndose una serie de interrogantes tras descubrirse lesiones atribuibles a la intervención de terceras personas.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-430-2024 RUC 2400284528-4 seguida ante el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Puerto Aysén, las indagatorias realizadas por funcionarios policiales pudieron determinar que los presuntos responsables del homicidio serían los imputados Rodrigo Alejandro Dúmenez Gómez (37 años) y Edison Hernán Chávez Mansilla (34 años), mientras que otros cinco sujetos presuntamente habrían realizado acciones para encubrir el crimen, siendo identificados como Marcelo Alejandro Millan Ruiz (34 años), Alberto Rolando Millan Ruiz (32 años), Alexis Eduardo Mansilla Mayorga (34 años), José Heriberto Tureuna Agüero (50 años) y Sergio Alfredo Oyarzo Raicahuin (31 años).
La audiencia de formalización de la investigación se realizó en horas de la tarde de este martes, instancia donde el fiscal Pedro Poblete Viejo indicó que tras varios días de diligencias, se pudo determinar que todo habría ocurrido en horas de la madrugada del sábado 9 de marzo de 2024, cuando los dos presuntos autores se habrían enfrascado en una discusión con la víctima, procediendo a agredirlo con golpes de pies, puños y elementos contundentes, especialmente en la zona del cráneo, dejándolo con múltiples fracturas y gravemente herido e inconsciente.
Tras ello, se indicó que los imputados Dúmenez Gómez y Chávez Mansilla habrían decidido lanzar al joven al mar, estando vivo, falleciendo por asfixia por sumersión. La causa básica de defunción estaría confirmada por el Servicio Médico Legal.
Aparentemente, la discusión se generó por el consumo de alcohol y drogas, y se cree que Daniel Andrés fue golpeado a lo largo de la cubierta sin ser auxiliado por los otros tripulantes.
Luego del crimen, todo el grupo habría urdido un plan para inventar que la víctima habría desaparecido, lo que generó una denuncia en la Capitanía de Puerto de Puerto Chacabuco el mediodía del 9 de marzo, activándose un procedimiento de búsqueda.
Los días comenzaron a pasar y finalmente, el sábado pasado fue encontrado el cadáver, a unos 650 metros de la lancha a motor «Don Carlos II», la que el día de los hechos se mantenía fondeada en un centro de cultivo ubicado en el sector Punta Weste de la bahía de Puerto Chacabuco, comuna de Aysén.
El capitán de Puerto de la zona, Capitán de Corbeta Litoral Simón Stuven del Valle, indicó que una vez recibido el llamado, se dispuso la concurrencia de una patrulla a la nave para levantar los datos iniciales vinculados a la denuncia, incluyendo la toma de declaraciones.
Lo anterior se realizó sin dejar de lado la activación de los protocolos adscritos al Servicio de Búsqueda y Salvamento Marítimo, y con ello el zarpe inmediato al área de los medios de que se disponían al momento de recibir la alerta.
A este respecto, se realizó un empadronamiento de toda la tripulación como eventuales testigos, instancia donde, según el Ministerio Público, habrían realizado maniobras tendientes a ocultar lo que habría ocurrido, entregando versiones y/o datos falsos, y evitando denunciar el homicidio.
Fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé indicaron que estos tripulantes serían cinco: Marcelo Alejandro Millán Ruiz, Alberto Rolando Millán Ruiz, Alexis Eduardo Mansilla Mayorga, José Heriberto Tureuna Agüero y Sergio Alfredo Oyarzo Raicahuin, sin perjuicio de los otros dos encartados como autores materiales.
El grupo de siete imputados mantendrían residencia en las comunas de Ancud, Coyhaique, Puerto Montt y Puerto Aysén, mientras que el fallecido, tenía residencia en la comuna de Quellón.
La Fiscalía local había caratulado inicialmente la causa penal como una «Presunta Desgracia», que se refiere a la pérdida o extravío, temporal o permanente, de una persona sobre quien se ignora su paradero y que se presume podría haber sufrido una desgracia.
Sin embargo, con el hallazgo del cadáver y los resultados del peritaje tanatológico, se pudo corroborar se trataría de un presunto delito de homicidio simple que prevé y sanciona el artículo 391 n.°2 del Código Penal, en el caso de Rodrigo Alejandro Dúmenez Gómez y Edison Hernán Chávez Mansilla, en calidad de autores.
Respecto de los otros cinco tripulantes, si bien fueron detenidos por presunta obstrucción a la investigación descrita y sancionada en el artículo 269 bis, y por homicidio simple, del artículo 391 n.°2 del Código Penal, en la audiencia se les formalizó por el segundo ilícito, aunque en calidad de encubridores.
A pesar de la gravedad de los ilícitos, el juez titular del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Puerto Aysén, Rodrigo Grez Fuenzalida, decidió rechazar la solicitud de la Fiscalía de imponer la medida cautelar de prisión preventiva para quienes serían los autores.
En efecto, decidió decretar el arresto domiciliario total, mientras que respecto de los imputados Marcelo Alejandro Millán Ruiz, Alberto Rolando Millán Ruiz, Alexis Eduardo Mansilla Mayorga, José Heriberto Tureuna Agüero, y Sergio Alfredo Oyarzo Raicahuin, se decretó la medida cautelar de firma mensual en Carabineros de Puerto Aysén y arraigo nacional.
Tras ello, el Ministerio Público formuló una apelación verbal de la resolución del Tribunal respecto de Rodrigo Alejandro Dúmenez Gómez y Edison Hernán Chávez Mansilla, pidiendo que reciban prisión preventiva.
Durante este miércoles, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique revisó la causa, revirtiendo la decisión del juez de garantía. En efecto, la resolución indica que «teniendo presente que de los antecedentes de la investigación que el Ministerio Público ha dado a conocer en esta audiencia además de los que obran en la presente causa, concurren elementos de juicio que justifican, en este estadio procesal, la existencia del delito que se investiga así como la participación que ha cabido a los encartados en él; asimismo, considerando la gravedad de la pena asignada al ilícito y su forma de comisión, se ha estimado que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en la forma que prescribe la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, motivos por los cuales y atendido lo dispuesto en los artículos 122, 139 y 140, del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada en la audiencia de veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro, por el Juez Titular del Juzgado de Garantía de Aysén, en virtud de la cual no hizo lugar a decretar la prisión preventiva de los imputados».
Así las cosas, ambos sujetos quedarían ingresados al Centro Penitenciario Alto Bonito de Puerto Montt y el Centro de Detención Preventiva de Ancud respectivamente. Se debe precisar que fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé indicaron estos dos sujetos fueron detenidos el domingo 24 de marzo, en horas de la tarde, mientras que los siete imputados de encubrir el crimen fueron detenidos el viernes 22 de marzo.
El lunes se había realizado la audiencia de control de la detención de los dos imputados como autores, ampliándose el procedimiento en 1 día para acoplarlo a la formalización de los otros cinco, cuya ampliación previa había sido de 3 días. La formalización de todos, como ya se dijo, fue este martes.
En cuanto a los cinco imputados que quedaron con firma y arraigo, deberán cumplir las medidas cautelares en la misma comuna, sin perjuicio de solicitar su traslado hacia sus residencias ubicadas en Puerto Aysén y Coyhaique. Se fijó un plazo de investigación de 180 días.
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— La Opinión de Chiloé (@opinionchiloe) March 11, 2024
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