Quellón: prisión preventiva para imputado por desfigurar a golpes y mutilar a mujer

Fotografía de contexto.
Véase también:
Quellón: mujer queda desfigurada y apuñalada tras atroz ataque de expareja. Niñita gritó por ayuda.

QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — Tal y como estaba planificada, durante este lunes se realizó la audiencia de formalización de la investigación en contra de un imputado sindicado como presunto responsable de un violento ataque en contra de una mujer en la comuna de Quellón, y que la dejó con lesiones de gravedad.

Tal y como consignó La Opinión de Chiloé, los hechos habrían ocurrido durante la madrugada del viernes, cuando la Central de Comunicaciones de Carabineros (CENCO) recibió una denuncia que alertaba sobre un incidente de violencia intrafamiliar que tendría como víctima a una mujer, quien habría sido brutalmente golpeada presuntamente por su exconviviente, quien además la habría atacado con un cuchillo, todo en frente de su pequeña hija de 7 años.

Ese mismo día fue detenido Rigoberto Alexander Alvarado Águila (34 años) por su presunta responsabilidad en los hechos, siendo puesto a disposición del Juzgado mixto de la ciudad puerto el día sábado, ampliándose el procedimiento hasta el día de hoy a la espera de la recopilación de mayores antecedentes.

Así las cosas, respecto del imputado, para el Ministerio Público se configuraría la presunta comisión de un delito de femicidio íntimo, que prevé y sanciona el artículo 390 inciso 2º del Código Penal, estimando que se encontraría en grado de desarrollo frustrado.

En opinión de la persecutora penal, los antecedentes disponibles en la carpeta investigativa indicarían que las lesiones de carácter grave con las que quedó la mujer eran de tal entidad que, de no haber recibido atención médica oportuna y eficaz, le podrían haber ocasionado la muerte.

Además, se le formalizó como presunto autor de un delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, en relación al artículo 5 de la Ley 20.066, por las lesiones que le habría provocado a su propia hija de apenas 7 años de edad, en grado de desarrollo de consumado.

Junto con ello, se sumó la presunta comisión de un delito de amenazas simples cometido en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 296 n.°3 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley N° 20.066, en grado de desarrollo de consumado, teniendo también como víctima a la niñita.

El mayor Iván Ulloa, jefe de la 6ª Comisaría de Carabineros de la ciudad puerto, fue quien confirmó que tras recibir la denuncia desde CENCO, concurrieron a una vivienda de calle Ignacio Carrera Pinto donde se encontraron con una mujer tendida en el suelo con heridas visibles, acompañada a su lado de su pequeña hija pidiendo ayuda.

La afectada, de 43 años, tenía diversas lesiones en varias partes del cuerpo producto de lo que sería una brutal golpiza, sumándose laceraciones y heridas que habrían sido provocadas por un cuchillo, entre ellas, su oreja izquierda mutilada.

En cuanto al imputado, éste se encontraba a un costado y mantenía rastros de sangre en sus vestimentas, procediéndose a su detención en flagrancia.

Informada sobre el caso, la fiscal de turno, Karyn Alegría Velis, indicó que la información recopilada por personal policial indicaba que «la víctima fue agredida, por su exconviviente, con golpes de pies y puños en distintas partes del cuerpo y además con un arma blanca».

«Producto de lo anterior, la víctima se encuentra con lesiones graves, a priori se ha señalado que tiene una fractura de cráneo, aparentemente además una fractura mandibular [y] su pabellón auricular fue cercenado», dijo.

«Se trabajó en conjunto con funcionarios de la 6ª Comisaría de Quellón y funcionarios de la PDI avanzada [Quellón] en una denuncia efectuada por vecinos que alertaron de la ocurrencia de una agresión a una mujer», explicó.

Una ambulancia del Servicio de Atención Médica de Urgencia (SAMU) fue remitida al lugar para proceder a trasladar a la víctima hacia el Servicio de Urgencia del Hospital de Quellón, donde fue ingresada como paciente en estado grave.

En cuanto a la niñita, Carabineros la transportó en una de sus patrullas hasta el nosocomio local, siento atendida para constatar lesiones. Estaba en estado de shock.

La fiscal Alegría declaró que se constituyó personalmente en el hospital para ver el estado de salud de la víctima y coordinar las indagatorias, mencionando que «se trabajó en el sitio del suceso, nos entrevistamos con la víctima, se empadronó testigos, se levantaron distintas muestras biológicas al efecto».

Fue ella misma quien confirmó que dada la gravedad de las lesiones, la paciente fue derivada hasta el Hospital Dr. Augusto Riffart de Castro, ya que podría requerir atención especializada producto de las fracturas que habría sufrido en el cráneo.

El Ministerio Público estima que existiría una participación culpable y penada por ley en calidad de autor para el imputado respecto a los tres ilícitos, ya que todos los elementos probatorios que se han recopilado hasta el momento darían cuenta que que habría tomado parte en los mismos de una manera inmediata y directa, en los términos del artículo 15 n.°1 del Código Penal.

La audiencia de formalización se realizó por videoconferencia, decretándose la medida cautelar de prisión preventiva ya que en opinión del juez de turno, la libertad del imputado constituiría un peligro para la seguridad de la sociedad, un peligro para la seguridad de las víctimas y que habría riesgo de fuga. 

Se fijó un plazo de investigación de 150 días según confirmó la propia fiscal posterior a la audiencia.

Hay que indicar que según información que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, el imputado tiene diversos antecedentes policiales a su haber, teniendo una de sus últimas sentencias el 30 de noviembre de 2021, cuando se le encontró culpable de dos delitos de lesiones leves, un delito de lesiones menos graves, un delito de lesiones graves, una falta de daños y un delito de violación de morada.

En casi todas recibió una pena de multa, salvo en el caso de las lesiones graves, ordenándose que cumpliera una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo. Su historial delictual incluye causas penales por hurto, lesiones menos graves en contexto de VIF, lesiones leves, entre otros, siempre con sanciones menos gravosas o multas pequeñas, varias de ellas que nunca pagó tras prescribir.

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