Quellón: SMA busca sancionar a municipio por vertedero ilegal. Arriesga multa de $11 mil millones

Fotografía: Vertedero Municipal de Quellón.

QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — En camino a cumplir las dos décadas de funcionamiento ilegal tras carecer de permisos ambientales y sanitarios, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) decidió iniciar un procedimiento sancionatorio en contra de la Ilustre Municipalidad de Quellón por el estado actual del proyecto «Vertedero municipal de la comuna de Quellón», luego de constatar graves infracciones a la normativa vigente.

De acuerdo a documentación del proceso que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos se remiten a una fiscalización realizada por este organismo público el año 2020, y que buscó verificar las condiciones de funcionamiento del recinto tras una denuncia que acusaba al municipio de haber obviado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), algo que por cierto, es de público conocimiento hace años.

Si bien es cierto la comuna de Quellón tiene dos vertederos municipales, ambos ubicados en el sector Yaldad, sin que ninguno de ellos tenga autorización alguna por la autoridad sanitaria, sólo uno está activo, y es el que es objeto del procedimiento sancionatorio de la SMA. El otro, está clausurado mediante Resolución Exenta n.°970 del 1 de octubre de 2008 firmado por el Seremi de Salud de Los Lagos.

La disposición de residuos sólidos domiciliarios de la ciudad puerto se realiza en una zona localizada en la Ruta W-908, kilómetro 2.16, alzándose actualmente una masa de residuos de cuatro niveles (cada nivel es de tres metros de altura aproximadamente), mientras que los residuos que ingresan actualmente están siendo dispuestos en un quinto nivel (frente actual de trabajo).

El proceso de compactación y manejo de la basura es deficiente, mientras que en términos generales, el biogás generado es ventilado a través de 8 chimeneas de PVC de 110 mm, que claramente son insuficientes y «artesanales». No existe manejo del líquido lixiviado generado, existiendo afloramientos en la zona de taludes de la masa de residuos.

De las actividades de fiscalización ambiental desarrolladas, la SMA logró verificar que el proyecto denominado vertedero municipal de la comuna de Quellón, de la Ilustre Municipalidad de Quellón, opera sin contar con autorización alguna, ya sea Ambiental y/o Sanitaria.

Luego, tal y como ya se indicó, al interior del vertedero municipal no se realiza manejo de lixiviados, por lo que se desconoce el destino actual de dichos líquidos y si existe algún riesgo a las comunidades vecinas, toda vez que no se informó de la realización de monitoreos de calidad de agua subterráneas y superficiales en el área de influencia de la instalación.

Existen afloramientos de lixiviados en taludes, cuya presencia se debe probablemente a que tanto el material de cobertura como la basura depositada en el talud no fue suficientemente compactada, lo que genera una vía de escape para los lixiviados acumulados al interior de la masa de residuos.

Se verificó una evidente falta de mantención de obras de canalización perimetral de aguas lluvias, cuya función principal es realizar el retiro de tales aguas del interior del vertedero y que se ve comprometida al encontrarse obstruidas con residuos.

Según la SMA, la mezcla de aguas lluvias con residuos es considerada como líquidos contaminados. Además, se indicó que una eventual mezcla entre aguas lluvias con los reventones de lixiviados.

La falta de mantención también se verifica en zonas de taludes, en que se pudo observar residuos expuestos y grietas, además de asentamientos que también ocasionan agrietamientos y exposición de residuos al ambiente. Eventos que en su conjunto pueden llegar a provocar deslizamientos de la masa de residuos, agrietamientos, así como también molestias causadas por los malos olores, emanaciones de biogás y aparición de vectores sanitarios.

Por lo tanto, el hecho de no contar con autorización sanitaria de funcionamiento, emitida por la SEREMI de Salud Regional y resolución de calificación ambiental favorable, no permite tener control de los impactos ambientales y variables operacionales, asociadas al manejo de residuos, estabilidad estructural, manejo de los lixiviados, de biogás, monitoreo de aguas superficiales y subterráneas, característicos de este tipo de instalaciones.

Finalmente, se considera que el vertedero municipal de la comuna de Quellón debe ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) por tratarse de una instalación de disposición de residuos sólidos de origen domiciliario, que funciona con posterioridad al año 1997, fecha de entrada en vigencia del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Decreto Supremo n.°40/2012) y por recepcionar cantidades que superan los límites establecidos en el artículo 3 literal o5) del Decreto Supremo n.°40/2012.

Se indicó que el vertedero actualmente se encuentra dentro de las coordenadas que delimitan el polígono de la ZOIT, pasando a ser un proyecto o actividad listado en el artículo 3 literal p) del Decreto Supremo n.°40/2012, que debe ser calificado ambientalmente y por tanto configurándose la elusión al SEIA por dicha causa.

Así las cosas, se le imputan al municipio tres infracciones de carácter grave por incumplimientos ambientales, a saber:

  1. La primera infracción imputada es “la operación del recinto sin contar con autorización ambiental, lo cual no permite tener el control de sus impactos y variables operacionales, tales como el manejo de residuos, estabilidad estructural, manejo de lixiviados, de biogás, entre otras materias”, explica Ivonne Mansilla, Jefa Regional de la SMA en Los Lagos.
  2. La segunda infracción es por incumplir el requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental,
  3. La tercera, es no ejecutar medidas provisionales ordenadas por esta Superintendencia respecto al manejo de residuos, biogás, monitoreo de aguas superficiales y subterráneas, entre otras medidas.

Tras la notificación, la Municipalidad de Quellón cuenta con 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento o con 15 días para formular sus descargos, para continuar el procedimiento sancionatorio.

Según la SMA, los cargos en contra de la Municipalidad, calificados como graves, podrían implicar multas de hasta 15.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de 11.000 millones de pesos.

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