Quinchao: alcalde ¿niega? que Contraloría pidió devolver $78,3 millones; documento lo desmentiría

Véase también:
Quinchao: Contraloría ordena a municipio devolver en 60 días $78,3 millones malgastados.

QUINCHAO (La Opinión de Chiloé) — Impacto causó en la comuna de Quinchao la revelación realizada por La Opinión de Chiloé respecto a una serie de conclusiones a las que llegó la Contraloría General de la República respecto a la fiscalización en la ejecución, registro y rendición de una serie de recursos que el Servicio de Salud Chiloé traspasó a la Municipalidad de Quinchao y de ésta a la respectiva Corporación Municipal, todos con el fin de ser utilizados en la Atención Primaria de Salud, particularmente para la ejecución de los programas denominados Apoyo a la Gestión en el Nivel Local en Atención Primaria (AGL) – Acuerdo Alcalde; Apoyo al Desarrollo Biopsicosocial (Chile Crece Contigo) y Mejoría de la Equidad en Salud Rural.

Tal y como se expone en el documento que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, se determinó que se debe devolver un total de $78.295.169.- por dineros destinados a fines que no tenían nada que ver con los programas evaluados. Para contextualizar, el pedido representa un enorme golpe para la Corporación Municipal donde llegaron los recursos dado que correspondería al 5,7% de todo el presupuesto comunal aprobado en Salud para el 2018; de hecho, y a modo ilustrativo, el monto a devolver es más del doble de lo que se estimó desembolsar en Medicamentos e Insumos Clínicos en Quinchao para todo el 2018.

Se debe mencionar que de acuerdo al fiscalizador, las revisiones no fueron un pedido del municipio, sino que se da en cumplimiento del plan anual de fiscalización de la Contraloría para el año 2017 y en conformidad con lo establecido en el artículo 136 de la ley n.°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y en la ley n.°10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República. En ese mismo marco, por ejemplo, se revisaron cuentas en varios municipios, entre ellos otro que se encuentra hoy aproblemado: la Municipalidad de Ancud que debe devolver (también en 60 días) un total de $418.755.702.- (ver nota relacionada).

La opinión del alcalde

Sobre este tema, y tras una declaración pública donde informó a la comunidad los antecedentes emanados desde el ente contralor, el alcalde Whashington Arnaldo Ulloa Villarroel respondió una serie de interrogantes aseverando respecto a la nota que «de todos los recursos que están objetados, no es que la plata se la hayan llevado al bolsillo, sino que de una u otra forma no fueron hechas bien las rendiciones, es un problema administrativo, pero hay sí un monto que bordea los nueve millones más o menos que al parecer no va a ser declarado o regularizado o justificado».

Sobre este punto, agregó «debido a eso igual pueden haber responsabilidades administrativas, por eso en esta administración se ordenó que se realizara un sumario administrativo tanto en la Corporación de Educación Municipal, en el área de salud y también aquí en el municipio«.

Respecto a los antecedentes expuestos en la nota publicada este jueves deja entrever que se estaría entregando información que no sería precisa mencionando «cuando dice [La Opinión de Chiloé] que en 60 días tiene que devolver 76 millones de pesos, cosa que no es así porque la Contraloría nos dio 60 días para evacuar los informes correspondientes, no es para la devolución«.

Sopesados los dichos de la primera autoridad de esa comuna, La Opinión de Chiloé como medio independiente volvió a revisar el documento al que accedió para cotejar lo señalado, reconfirmando dos cosas: no son 76 millones los que se deben reembolsar sino que $78.295.169.-, y que el plazo es de 60 días que ya están corriendo.

Lo que textualmente dice el informe

Este medio confirmó que todo se sabía desde el 9 de febrero de este año ya que tanto la Municipalidad de Quinchao como su Corporación Municipal y el Servicio de Salud Chiloé acusaron recibo de los oficios de la Unidad de Control Externo de la Contraloría donde se remite el informe. Tales oficios que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, contienen la firma y timbre de recepción.

Luego, en el punto 7.3 adscrito a los gastos rendidos con cargo al Programa Apoyo a la Gestión en el Nivel Local en Atención Primaria (AGL) – Acuerdo Alcalde (páginas 37 a la 40 del informe), se indica textual dentro de las conclusiones de los gastos en combustible ($32.146.011.-), pagos por consumo de gas ($285.500.-) y pagos de cotizaciones ($44.263.658.-, donde se menciona incluso doble rendición interprogramas) que: «no se ajusta al principio de legalidad del gasto público —consagrado en los artículos 6°, 7° y 100 de la Constitución Política de la República, 2° de la ley n.°18.575, y 56 de la ley n.°10.336, así como en el decreto Ley n.° 1.263, de 1975, puesto que las transferencias que se autoricen con cargo a fondos públicos sólo podrán disponerse en la medida que con ellos se costeen gastos originados en el cumplimiento de los objetivos para los que se han contemplado en el ordenamiento jurídico».

En su momento, la Corporación Municipal de Quinchao respondió a la Contraloría mencionando que «el convenio de apoyo a la gestión local (AGL) nace por la necesidad de la comuna y en general de todas las que componen la Provincia de Chil0é, de conseguir ingresos extras, que estén destinados a cubrir gastos de operación, recursos humanos y/o adquisición de insumas, por lo que, a nivel provincial, el consejo de alcaldes, asesorado por los jefes de salud de cada una de las comunas, plantearon al Ministerio de Salud los déficit que se producen por el funcionamiento normal de cada corporación municipal y solicitaron un aporte extra que permita cubrir en parte los gastos en los ítem antes señalados y financiar de alguna manera las carencias producidas». La repartición municipal agregó que «es un convenio de amplio espectro y que en su cláusula cuarta indica como objetivo: Mejorar las condiciones de gestión y funcionamiento, de los establecimientos de la red comunal de salud Quinchao, con énfasis en la calidad, oportunidad y continuidad de la atención, y teniendo como productos esperados, financiar los recursos humanos, adquisición de insumas, gastos operacionales (combustible para las lanchas-arriendo de lanchas)».

Evaluada la explicación, la Contraloría señaló:

«En virtud de lo expuesto, y en consideración que no se aportan nuevos antecedentes en su contestación, cabe mantener la observación, debiendo la municipalidad, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, devolver al SSCH la suma de $76.695.169, junto con rectificar la rendición de cuentas correspondiente a este programa conforme los alcances antes señalados, remitiendo los antecedentes que así lo confirmen a esta Contraloría Regional en el plazo antes citado.

«Ello, sin perjuicio de que la jefatura comunal ordene la instrucción de un procedimiento disciplinario, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 de la resolución n.°30, de 2015, de este origen, que señala, en lo que interesa, que en el ámbito municipal, la rendición de cuentas la efectuará la respectiva Unidad de Administración ‘y Finanzas, de conformidad con el artículo 27, letra b), n.°6, de la ley n.°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, para determinar las eventuales responsabilidades administrativas en los hechos antes reseñados, enviando el acto administrativo que así lo disponga a la Unidad de Seguimiento de Fiscalía de este Organismo de Control en el plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente informe.

«A su vez, esa entidad comunal deberá arbitrar las medidas correctivas con el objeto de velar porque los gastos ejecutados en cada una de las iniciativas de salud APS se ajusten plenamente a los fines que se establezcan en los acuerdos de voluntades respectivos así como a los actos administrativos que aprueben tales programas».

Por otro lado, en el punto 7.2.2 de las páginas 33 a la 35, se acota que dentro del Programa Equidad Rural se firmó un addendum del convenio el 26 de mayo de 2016, aprobado por resolución exenta n.° 3.330 del 22 de junio de 2016 del Servicio de Salud Chiloé, donde se dispuso en la cláusula tercera que se modificaba el punto quinto del acuerdo de voluntades aprobado por resolución exenta n.° 609 de 2016, incorporándose el componente n.° 3 «Innovaciones en el modelo integal de atención de las poblaciones rurales» por un monto de $3.296.500, para proyectos concursables de trabajo comunitario en Postas de Salud Rural, (PSR), que incorporen actividades educativas por técnicos paramédicos de la posta detectadas en diagnóstico participativo vigente.

Luego, la Corporación informó 10 proyectos, entre los que se encontraban “Las tijeritas de Chaulinec”, “Los Fruteros de Alao”, “Las Arañitas de Caguach”, “Las Conservas de Meulín”, y “Aprendiendo a Cuidarme” en los que se habría desembolsado $1.600.000.-, y que se vinculaban a un curso de peluquería, capacitaciones en elaboración de conservas y trabajo en lana. El informe de la Contraloría no menciona cuáles fueron los técnicos paramédicos que en vez de realizar acciones de salud rural en Chaulinec, Alao, Caguach y Meulín, optaron por enseñar peluquería o actividades en conservas y lana. El ente fiscalizador eso sí fue claro:

«Al respecto, se advierte que los proyectos denominados «Las tijeritas de Chaulinec», «Los Fruteros de Alao», «Las Arañitas de Caguach», «Las Conservas de Meulín» y «Aprendiendo a Cuidarme», no se avienen al objetivo específico n.°3 de la resolución exenta n.° 1233, de 2015 del Ministerio de Salud, que aprueba el aludido programa, el que establece, en lo que interesa, que deben implementarse estrategias innovadoras en salud rural en el marco del enfoque comunitario y familiar del modelo de atención, dado que ninguno de ellos se relaciona con salud rural.

«En este orden, cabe señalar que, en virtud del principio de legalidad del gasto público —consagrado en los artículos 6°, 7° y 100 de la Constitución Política de la República, 2° de la ley n.° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y 56 de la ley n.° 10.336, de Organización y Atribuciones de este Organismo Fiscalizador, así como en el decreto ley n.° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado— , las transferencias que se autoricen con cargo a fondos públicos sólo podrán disponerse en la medida que con ellos se costeen gastos originados en el cumplimiento de los objetivos para los que se han contemplado en el ordenamiento jurídico, lo que no acontece en la especie».

La Corporación Municipal de Quinchao respondió a aquello aseverando que los proyectos nacieron «insertos en el convenio de equidad rural y que fueron presentados al Servicio de Salud Chiloé en el año 2016 y aprobados por este» basado en un enfoque social que consideran variables como saneamiento básico, acceso a la educación, nivel de escolaridad, calidad de trabajo, ingresos, redes sociales, géneros, entre otros, todo en un contexto de modelo integral de salud.

La Contraloría textual indicó que tales proyectos «no se relacionan con salud rural; y que las entidades públicas deben actuar con estricta sujeción a las atribuciones que les confiere la ley y que, en el orden financiero, han de atenerse a las disposiciones que regulan los egresos, lo que no sucede en la especie, [y] procede a mantener la observación, debiendo la municipalidad devolver al  SSCH la suma de $1.600.000, junto con rectificar la rendición de cuentas correspondiente a este programa conforme los alcances antes señalados, informando documentadamente de todo ello a esta Contraloría Regional en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe».

Conocido el reporte, el Alcalde Whashington Ulloa Villarroel habría instruido a su equipo jurídico ingresar una reclamación administrativa para que se reconsidere la medida.

NOTA DE LA REDACCIÓN: La Opinión de Chiloé procede a compartir con la comunidad el informe completo, que como se reitera, fue recibido el 9 de febrero en Quinchao. En él, aparecen las conclusiones del organismo fiscalizador, los descargos del ente municipal y del Servicio de Salud Chiloé.

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