Castro: Suprema alude a acoso laboral tras nuevo despido ilegal en Corporación Municipal

Fotografía: Juan Vera Sanhueza, alcalde de Castro.

CASTRO (La Opinión de Chiloé) — Otro fallo adverso es el que enfrenta la Corporación Municipal de Castro luego que la Corte Suprema confirmara una sentencia de primera instancia que acogió parcialmente una demanda interpuesta por una experiodista de tal repartición, María Soledad Lorca Manquemilla, quien acusó haber sido despedida injustificadadamente.

De acuerdo a antecedentes a los que accedió La Opinión de Chiloé, la Corporación —que apeló a la sentencia— deberá pagarle a la aludida al menos $6.002.832.- más reajustes e intereses que correspondan todo porque se incumplió la normativa laboral al momento de desvincularla, o sea, se acoger la demanda de despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones. Se desestimó alguna presunta vulneración de derechos fundamentales.

Para la justicia, la profesional fue despedida a pesar que tenía contrato indefinido (trabajaba desde 2014 en la repartición), mientras que en la demanda se aduce que habría sido reemplazada por Jessica Fabiola Ojeda Ulloa, quien según el oficio n.°88 de la Universidad Austral de Chile, no poseía el título de periodista.

Según la sentencia que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, «resulta evidente que la actora fue relevada de sus funciones sin previo aviso, que las funciones como periodista pasaron a ser desempeñadas por doña Jessica Ojeda, a quien además se le atribuye una especie de jefatura directa de la actora, y que el empleador dejó de darle el trabajo convenido y sin darle ningún tipo de ocupación a los menos durante una semana a la espera de que su contrato a plazo fijo expirara. Que durante todo ese tiempo la actora concurrió a sus labores y cumplió sus obligaciones contractuales sin que el empleador se preocupara ni ocupara de esta situación irregular, a la que contribuyó y consintió a que ocurriera, lo que evidentemente afecta la dignidad del trabajador y constituyen acoso laboral«.

La decisión de primera instancia escaló a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y posteriormente, a la Corte Suprema, quien confirmó el fallo.

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