Véase también:
Puerto Chacabuco: buscan a joven de Quellón extraviado en desconocidas circunstancias.
Puerto Chacabuco: joven de Quellón desaparecido fue asesinado. Hay 7 detenidos.
PUERTO CHACABUCO (La Opinión de Chiloé) — Tras casi dos años y medio de ocurridos los hechos, para este 7 de agosto quedó fijada la audiencia de juicio oral en contra de quienes serían los responsables de un brutal homicidio registrado en aguas cercanas a Puerto Chacabuco, comuna de Aysén, y que inicialmente se consideraba como un supuesto accidente por caída al mar de la víctima, lo que activó un intenso operativo de búsqueda que culminó con el hallazgo del cuerpo sin vida del joven oriundo de Quellón con múltiples lesiones y el descubrimiento de un pacto de silencio entre los integrantes de la embarcación para mentir, asumiendo que el cadáver nunca sería encontrado.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé que se estaría tramitando en causa RIT O-73-2026 RUC 2400284528-4 seguida ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, el operativo partió tras una alerta de búsqueda y salvataje activada por parte de tripulantes de la lancha a motor «Don Carlos II», mientras se encontraba a la gira en la Bahía de Chacabuco, quienes señalaban que el patrón de la nave estaba desaparecido, pidiendo ayuda a La Armada sin contar la verdad: el afectado fue atacado sin piedad y luego lanzado al mar, siendo abandonado a su suerte.
En efecto, según la acusación fiscal presentada por el Ministerio Público de Puerto Aysén, a cargo de Álex Olivero, los hechos habrían ocurrido el día 9 de marzo del año 2024, en el transcurso de la madrugada y en horas no precisadas entre las 02.00 a 02.30 aproximadamente, al interior del puente de mando de la embarcación en comento, la que se mantenía recalada en un centro de cultivos ubicado en el sector de Punta Weste, en la bahía de la localidad de Puerto Chacabuco, comuna de Aysén.
Fue ahí donde, presuntamente, «los imputados Edison Hernán Chávez Mansilla y Rodrigo Alejandro Dumenez Gómez agredieron a la víctima Daniel Andrés Chiguay Chiguay luego de mantener una discusión producto del abundante consumo de bebidas alcohólicas y de drogas que habían incurrido en los momentos previos en el comedor de la embarcación», añadiendo que bajo dichas circunstancias, «los imputados procedieron a golpear con sus puños y con elementos contundentes a la víctima en diversas partes de su cuerpo principalmente en su cabeza, continuando posteriormente con dichas agresiones en la cubierta de la embarcación lugar en donde finalmente lanzaron a la víctima al agua, falleciendo posteriormente a causa de asfixia por sumersión».
En todo ese lapso en que el joven fue agredido y asesinado, ninguno de los otros cinco tripulantes lo ayudó, guardando absoluto silencio sobre lo que realmente pasó. El capitán de Puerto de la zona, Capitán de Corbeta Litoral Simón Stuven del Valle, indicó que una vez recibido el llamado, se dispuso la concurrencia de una patrulla a la nave donde se tomó la declaración a los siete imputados y se inició de inmediato la búsqueda, sin perjuicio que a la postre, según el Ministerio Público, ahí todos habrían realizado maniobras tendientes a ocultar lo que habría ocurrido, entregando versiones y/o datos falsos, y evitando denunciar el homicidio, algo que todos conocían o no podían menos que conocer.
El aludido dijo que «la denuncia fue elevada a Fiscalía y los peritajes los efectuó la Policía de Investigaciones», detallando que en la búsqueda recibieron el apoyo del grupo Gersa de la Segunda Compañía de Bomberos de Puerto Aysén, de voluntarios civiles, operadores de robot submarino y también drones, complementando con una búsqueda por el mar y el borde costero con patrullas terrestres. En todo ese proceso, ningún tripulante confesó.
Con el pasar de los días, el cadáver habría sido encontrado a unos 650 metros de donde estaba posicionada la lancha a motor «Don Carlos II», observándose claros indicios de golpes, especialmente en la zona del cráneo, que podrían ser consistentes con la participación de terceras personas, por lo que el cuerpo fue remitido al Servicio Médico Legal para el peritaje tanatológico de rigor, que confirmaría todo.
En particular, el informe de autopsia n.° 11-AYS-AUT-15-2024 del SML, estableció como causa básica de muerte la asfixia por sumersión y constató la existencia de cuatro lesiones perimortem (previas a la muerte) en la cabeza de la víctima, todas compatibles con impacto de elementos contundentes; vale decir, el afectado, como se viene diciendo, fue lanzado al mar ya inconsciente, pero respirando.
Así las cosas, en horas de la tarde del 22 de marzo de 2024, los cinco eventuales encubridores fueron detenidos por personal policial, mientras que el domingo 24 de marzo de 2024 se confirmó la captura de los dos presuntos autores del crimen. Éstos dos últimos fueron formalizados por homicidio un día después, y aunque el juez titular del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Puerto Aysén, Rodrigo Grez Fuenzalida, rechazó la medida cautelar de prisión preventiva, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique revisó la causa, revirtiendo tal decisión y los envió a la cárcel.
Luego, el tiempo pasó y finalmente el Ministerio Público de Puerto Aysén dio por cerrada la investigación que, como se viene diciendo, tuvo algunos inconvenientes por una especie de pacto de silencio de todos los endilgados. Por lo tanto, para el persecutor penal, los hechos descritos serían constitutivos de un posible delito de homicidio simple, previsto y sancionado en el artículo 391 n.° 2 del Código Penal.
Aseguró que atendidas las circunstancias de comisión, éste sería en grado de desarrollo consumado según lo señalado en el artículo 7° inciso 1° del mismo cuerpo legal, sin perjuicio que para la parte querellante, los hechos descritos configurarían un presunto delito de homicidio calificado, previsto y sancionado en el artículo 391 n.° 1 del Código Penal, en mismo grado de desarrollo (consumado), asegurando que concurrirían los calificantes de alevosía y ensañamiento.
A juicio de la Fiscalía, a los dos imputados les habría correspondido, según lo dispuesto en el artículo 15 n.° 1 del Código Penal, la calidad de presuntos autores, toda vez que habrían ejecutado el crimen de manera inmediata y directa, y aunque a ambos les beneficiaría la atenuante del artículo 11 n.° 6 del mismo cuerpo punitivo, esto es, irreprochable conducta anterior, se descartó alguna colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos.
En consecuencia, la Fiscalía está solicitando que para ambos imputados se les imponga la pena de 15 años de presidio mayor en grado medio, más accesorias accesorias legales correspondientes y el pago de las costas de la causa, según lo dispuesto en el artículo 47 del Código Procesal Penal. El querellante en tanto, está solicitando una pena de presidio perpetuo calificado para ambos imputados, incluyendo costas.
Las accesorias a las que se refiere son la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, además de ordenar que una vez ejecutoriada la sentencia, se lleve adelante la determinación de la huella genética del acusado y su incorporación al Registro de Condenados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley n.°19.970.
Respecto de los otros cinco tripulantes, fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé confirmaron que fueron citados a la audiencia de juicio oral a concretarse el próximo 7 de agosto de 2026 en calidad de testigos, despachándose notificaciones a las ciudades de Puerto Aysén, Coyhaique donde residirían.
En cuanto a los presuntos autores materiales del crimen, estos se encuentran cumpliendo la medida cautelar de prisión preventiva en el Centro Penitenciario Alto Bonito de Puerto Montt y el Centro de Detención Preventiva de Ancud, respectivamente, al menos desde el 25 de marzo de 2024.

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— La Opinión de Chiloé (@opinionchiloe) March 11, 2024

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