Quellón: impiden depositar basura de Ancud en vertedero (ilegal) municipal

Véase también:
Contraloría: todos los vertederos municipales de Chiloé están en ilegalidad.
Decretan alerta sanitaria en Provincia de Chiloé tras falta de vertedero en Ancud.
Ancud devela el secreto: en Puntra El Roble se instalará depósito de basura.

QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — Un completo rechazo en la comuna de Quellón mostraron tanto vecinos como autoridades locales a un Decreto emanado desde la Autoridad Sanitaria de la Región de Los Lagos para que de manera temporal los desechos domiciliarios de Ancud sean dispuestos en el vertedero municipal de la sureña comuna chilota, y que se encuentra en el sector Yaldad.

De acuerdo a antecedentes recopilados por La Opinión de Chiloé, la decisión de la autoridad regional se dio en el marco de la Alerta Sanitaria (ampliada hasta junio de 2020) que rige para la provincia de Chiloé tras el cierre del vertedero municipal de Huicha en Ancud, y que mantiene a esa comuna sin poder disponer de sus residuos al menos desde la navidad.

Tal situación amenaza con convertirse en una emergencia sanitaria de proporciones con pseudomicrobasurales dispersos por varias zonas del radio urbano. Así, Scarlett Molt decidió que se use el vertedero municipal de Quellón, el mismo que se abrió hace casi 10 años sin autorización alguna y violando todas las normas vigentes de protección del medioambiente, y que según la Contraloría General de la República, se mantiene en condición de ilegalidad.

El decreto en cuestión indicaba que los días lunes, miércoles y viernes de esta semana se habilitaba al municipio ancuditano a depositar la basura en el vertedero quellonino; en consecuencia, al menos 6 camiones salieron del norte de la isla hacia el sur este lunes, pero una vez llegados al lugar, fueron impedidos de ingresar al recinto.

En consecuencia, los camiones tuvieron que regresar a la comuna de Ancud con toda la basura en su interior.

A través de un comunicado, el alcalde de Quellón, Cristian Ojeda Chiguay, aseveró que «hemos rechazado esta abusiva, e inexplicable, resolución de la autoridad sanitaria de la Región de Los Lagos, prohibiendo el ingreso de esa carga a nuestro vertedero comunal. Lo anterior en virtud que consideramos esta determinación arbitraria e invasiva, y que perjudica el plan de manejo de los residuos domiciliarios en el predio municipal, mismo que tiene una vida útil de dos años».

«Junto con reiterar nuestro más absoluto repudio ante esta medida, por el flagrante menosprecio a los habitantes de Quellón que ella representa, esperamos una explicación de parte de la Secretaría Regional Ministerial de Salud ante esta inexplicable determinación», agregó.

La decisión de la Autoridad Sanitaria se da luego que el municipio de Ancud no haya sido capaz de habilitar un terreno que arrendó en el sector Puntra El Roble, y donde pretende instalar un Centro de Manejo de Residuos Sólidos Domiciliarios. El ingreso a ese lugar ha sido impedido por un grupo de personas en varias ocasiones, quienes rechazan cualquier tipo de recinto de esas características.

Tal y como consignó La Opinión de Chiloé, el lugar se encuentra dentro de un terreno de una superficie de 156,3 hectáreas, a aproximadamente 15 kilómetros entrando desde la Ruta 5 Sur por la W-340. Su dueño es don Erwin Raúl Bergmann Stollsteimer, conocido dirigente del sector Puntra (ver nota relacionada).

Los vertederos de Quellón

Tal y como consignó en su momento La Opinión de Chiloé, la comuna de Quellón posee dos vertederos a cargo de la Ilustre Municipalidad; ambos se encuentran ubicados en el sector Yaldad, sin que ninguno de ellos se encuentre realmente autorizados por la autoridad sanitaria según indicó la Contraloría General de la República.

Uno está activo (donde llegaron los camiones de Ancud) y el otro está clausurado mediante Resolución Exenta n.°970 del 1 de octubre de 2008 firmado por el Seremi de Salud de Los Lagos, con un plan de cierre y sellado mediante Resolución Exenta n.°50 del 26 de enero de 2010.

El recinto activo se instaló de forma irregular como consecuencia del cierre del primero, todo ante la necesidad del municipio para disponer sus residuos; así, ese órgano comunal habría arrendado un predio en Yaldad y abrió el vertedero sin autorización sanitaria ni ambiental alguna. Aunque la fecha «oficial» de inicio de operaciones puede ser objeto de discusión, fue en plena alcaldía de Iván Haro Uribe.

El 9 de marzo de 2011 se inició sumario sanitario C-053/2011 por una serie de graves deficiencias sanitarias constatadas y el 17 de noviembre de 2012 se levantó acta de inspección y se inició el sumario sanitario C-189/2012 por reincidir.

Las deficiencias constatadas, que eran conocimiento de Haro Uribe (hoy concejal y funcionario del Gobierno), se vinculaban a que no existía Resolución Sanitaria ni permisos ambientales vigentes para el funcionamiento del vertedero, además, la cobertura de los residuos era inadecuada, existían vectores de interés sanitario como aves (que pueden traspasar enfermedades a humanos), no existía registro diario de los residuos que ingresaban al recinto, no había manejo de lixiviados, no había cerco perimetral y las máquinas que operan en el recinto eran insuficientes en relación al volumen de residuos que ingresan, entre otras materias.

En tal marco, la comunidad de Yaldad interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt en cuya sentencia del 3 de julio de 2014 se describen serias deficiencias ordenando al municipio, ahora al mando de Cristian Ojeda Chiguay, ejecutar el proyecto de mejoramiento del vertedero municipal.

Ahí, se develó que existía un alto riesgo epidemológico/sanitario considerando la carga bacteriana que poseen los residuos (dengue, cólera, tifus, etc.) indicándose que no existían compromisos claros por parte del municipio para solucionar aquello.

Sin embargo, se descartó la clausura de aquél vertedero ilegal porque constituiría un riesgo sanitario peor que el daño ambiental que está ocurriendo ahí.

La Corte de Apelaciones dijo en su fallo que «apreciados los antecedentes conforme a las reglas de la sana crítica, [éstos] llevan a concluir que la actuación del municipio de Quellón en orden a mantener operativo el denominado Vertedero Municipal, en las actuales condiciones es ilegal y a lo menos en grado de amenaza afecta el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación de la población emplazada cercana a su instalación, pues los hechos que han sido reseñados, sin duda, alteran el ambiente del sector y consecuencialmente a sus habitantes, circunstancias que conculcan la garantía constitucional del artículo 19 n.°8 invocada».

En el considerando duodécimo, sin embargo, los magistrados dicen que «si bien los recurrentes solicitan la clausura del Vertedero Municipal, no es posible desconocer que la adopción de una medida como la propuesta traería como consecuencia inmediata un riesgo sanitario de importantes proporciones, considerando además que la fiscalización de su funcionamiento compete a los organismos sanitarios y ambientales correspondientes».

Hay supuestamente un plan de mejoramiento, pero se desconoce su alcance real y si ha sido monitoreado por la autoridad sanitaria provincial.

La decisión de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt el 2014 sólo confirmó lo que ya se sabía. Con la entrada en vigencia del Decreto n.°189 del 18 de agosto de 2005 del Ministerio de Salud que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en los Rellenos Sanitarios, el Vertedero Municipal de Quellón en Yaldad está en condición de ilegalidad por no ajustarse a los requerimientos considerados en dicha normativa, y eso se replica en el resto de comunas de la Provincia de Chiloé.

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