
CASTRO (La Opinión de Chiloé) — Una rápida tramitación ante el Juzgado de Garantía de Castro tuvo una causa penal que se abrió este viernes tras un accidente de tránsito en esta ciudad, y donde se vio involucrado un sujeto que habría estado manejando en manifiesto estado de ebriedad.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos se remitirían a aproximadamente las 11.50 horas de la mañana del 11 de noviembre cuando se activaron las alarmas de emergencia de la capital provincial, todo luego que un automóvil impactara por la parte trasera a una camioneta en pleno radio urbano, causando daños por evaluar.
Según el Ministerio Público de Castro, en el siniestro vial se vieron involucrados un automóvil Kia Morning patente FBZB-35 manejado por el imputado Eduardo Andrés Orellana Antinopai, y una camioneta Nissan D21 patente DJLL-57.
El persecutor penal explicó ante el juez de turno que todo habría ocurrido luego que el aludido decidiera manejar en manifiesto estado de ebriedad por calle Ernesto Barrientos de Castro, instantes en los cuales y debido a su estado etílico, impactó a la camioneta causando daños en su parte posterior.
Aquello fue constatado por funcionarios policiales quienes consignaron que el chofer detenido presentaba incoherencia al hablar, hálito alcohólico, inestabilidad al caminar y rostro congestionado. Afortunadamente no se registraron lesionados.
El fiscal, Luis Barría, así lo confirmó asegurando que producto del siniestro vial «llega personal de Carabineros al lugar, percatándose del estado etílico del requerido realizando examen respiratorio el cual arrojó como resultado 2,55 gramos de alcohol por litro en la sangre, además se percatan de que el imputado se desplazaba sin haber obtenido licencia de conducir y haber causado daños».
Así las cosas, presentó un requerimiento verbal simplificado y el imputado admitió responsabilidad en los hechos.
Por lo tanto, el juez procedió a condenar a Orellana Antinopai a 61 días de presidio menor en su grado medio por su participación como autor en grado de consumado del delito de conducción en estado de ebriedad causando daños y sin contar con licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209 de la Ley 18.290, de Tránsito.
Además, se le añadió una multa de aproximadamente $10.000.- que se le dio por pagada tras haber estado un par de horas detenido a la espera de la audiencia ante el juez de garantía.
También se le sumó una suspensión de la licencia de conducir por dos años, aunque en términos prácticos fue simbólica dado que éste no tenía alguna.
Luego, reuniendo los requisitos legales, la pena corporal le fue sustituida por la de remisión condicional de la pena, siendo dejado en libertad y quedando sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Castro, por el período de un año.
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