Chonchi: 15 años preso piden para sujeto tras fatal accidente múltiple ebrio y drogado

Fotografía: Alan David Zalazar Aguilar.
Véase también:
Chonchi: ebrio protagoniza accidente múltiple que dejó 1 muerto y heridos graves. Se fugó.
Chonchi: confirman identidad de fallecido tras accidente múltiple; hay 2 graves.

HUITAUQUE, CHONCHI (La Opinión de Chiloé) — A casi un año y diez meses de un violento accidente de tránsito registrado el 8 de enero de 2023 en la comuna de Chonchi, y que dejó a un joven fallecido y a varios heridos de diversa consideración, uno de gravedad, finalmente el Ministerio Público se alista para liderar el juicio en contra del presunto responsable de lo ocurrido, quien inicialmente se habría escapado del sitio del suceso abandonando a todos los afectados.

De acuerdo a antecedentes judiciales que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-36-2024 RUC 2310001669-9 seguida ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro, la Fiscalía esta pidiendo para Luis Ignacio Gueicha Vera, una pena que superaría los 15 años de cárcel tras acusar que atropelló a varias personas, chocó dos vehículos y huyó del sitio del suceso la madrugada del día en comento, entregándose varias horas después de que se conociese el resultado fatal del siniestro vial.

El acusado se encuentra privado de libertad, sujeto a la cautelar de prisión preventiva de manera ininterrumpida  y su última revisión —previo a la revisión del auto de apertura de juicio oral— fue el 22 de julio de 2024, manteniéndose. Su detención se produjo el 8 de enero de 2023, ampliándose la misma hasta el 12 del mismo mes y año, para decretarle luego la cautelar antes mencionada.

Varias versiones de testigos aseguran que tanto las víctimas como el imputado estaban en el lugar «compartiendo» tras concertarse previamente para realizar carreras clandestinas y/o para practicar maniobras a alta velocidad, y que el sujeto habría realizado una de estas con el resto como espectadores, perdiendo el control de su móvil por la ingesta de alcohol y drogas, atropellándolos.

En particular, los dos vehículos chocados estaban estacionados, mientras que los que fueron embestidos habrían estado como espectadores, sin perjuicio que, para la defensa, al menos dos de ellos estaban con alcohol en la sangre en plena vía.

Según la acusación fiscal, aproximadamente a las 04.25 horas del día 08 de enero de 2023, el imputado presuntamente «conducía sin haber obtenido licencia de conducir, en estado de ebriedad y bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, el vehículo P.P.U. XC-6599, por la vía pública, Ruta 5 Sur, sector Rotonda Huitauque, comuna de Chonchi, cuando debido a la disminución de sus capacidades psicomotoras perceptivas y reactivas por su ingesta de alcohol y drogas psicotrópicas, conduciendo a una velocidad no razonable, ni prudente, pierde el control y maniobrabilidad del móvil que conduce, choca la línea de solera del bandejón de la ruta, atropellando a los peatones A.D.Z.A., S.A.O.A. y I.L.N.M. e impacta al automóvil P.P.U. CSVS-65 (…) causando daños en su estructura y, luego, por proyección, el automóvil P.P.U. CSVS-65, choca al automóvil P.P.U. TP-1549 (…) causando también daños en su estructura».

Añade que presuntamente «como resultado, la víctima Alan David Zalazar Aguilar, resulta fallecido en el hospital de Castro, a las 06.41 horas del mismo día, debido a la gravedad de sus lesiones, manteniendo politraumatismo, con afectación en cabeza, cuello, tórax, abdomen y extremidades».

Por otro lado, señaló que «además, la victima S.A.O.A., resultó con fractura segmentaria pierna derecha, fractura olecranon codo izquierdo y fractura cóndilo mandibular izquierdo, lesiones de carácter grave, con un tiempo de recuperación y rehabilitación de cuatro meses, mientras que la víctima I.L.N.M., resulto con deformidad codo derecho, avo y dolor a la palpación más herida frontotemporal derecha, lesiones de carácter leve».

Finaliza diciendo que «luego de hecho, el imputado Luis Ignacio Gueicha Vera, se da a la fuga del lugar, no dando aviso a la autoridad, ni prestando auxilio a las víctimas». 

El consumo de sustancias psicotrópicas estaría avalado por el Informe de Laboratorio 08-CCP-SES-51-23, correspondiente a muestra toxicológica del acusado de fecha 08-01-2023, emitido por la Unidad de toxicología forense y análisis instrumental del Servicio Médico Legal de Concepción, mientras que el consumo de alcohol estaría acreditado en el Informe de alcoholemia Nº10-PMT-OH-440-23, de fecha 09 de febrero de 2023, emitido por Servicio Médico Legal de Puerto Montt.

La dinámica de lo que pasó habría quedado estampado en el Informe Técnico Pericial N°04-A-2023, de fecha 11 de julio de 2023, emitido por Sección de Investigación de Accidentes en el Tránsito (SIAT) de la Prefectura de Carabineros Chiloé, que consta de 84 hojas, incluyendo anexo e informes complementarios.

Ocurrido el siniestro vial, el aludido se habría retirado para presentarse a las 08.22 horas de la mañana de ese mismo día en la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro, donde habría reconocido su participación, además de detallar que habría consumido cervezas, mojitos, cocaína y marihuana.

Tal y como consignó La Opinión de Chiloé, fue el capitán Esteban Herrera de esa unidad policial, quien detalló que «siendo aproximadamente las 04.40 horas de hoy, personal de la Tenencia de Chonchi se traslada a la Rotonda Huitauque, entrevistándose con un testigo, el que manifiesta que se encontraban dos vehículos estacionados con sus conductores en su exterior [y] de manera sorpresiva [aparece] un tercer auto, el cual choca y atropella a estas personas».

Dijo que entre las 08.00 y 08.30 horas de la mañana «se apersonó el posible conductor del vehículo que se habría dado a la fuga», precisando que todo aún es materia de investigación con el objetivo de definir «si es que efectivamente habría sido la persona que condujo el vehículo».

El tiempo pasó y, tras reprogramar la audiencia de juicio oral, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro fijó el inicio del procedimiento para el próximo 18 de noviembre, instancia donde el encartado enfrentaría una dura pena de ser encontrado culpable, esto es, alrededor de 15 años de presidio al existir, en opinión de la Fiscalía, varios delitos.

Eso sí, se debe indicar que desde ya la Defensa espera una sustancial reducción de la pena tras pedir la aplicación de la regla del concurso ideal establecida en el artículo 75 del Código Penal, al tratarse de un solo hecho que constituye dos o más delitos, debiendo imponerse la pena mayor asignada al delito más grave, como ha sido recogido por la doctrina y jurisprudencia. Eso se discutirá en audiencia.

Precisando, en primera instancia el persecutor penal indica en su acusación que se configuraría el presunto delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad y bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, con resultado de muerte, descrito y sancionado en el artículo 196, inc. 3°, de la Ley de Tránsito, pidiendo una pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, multa veinte unidades tributarias mensuales, inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y el comiso del vehículo.

Además, señala que se daría el presunto delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad y bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, con resultado de lesiones graves, descrito y tipificado en el artículo 196, inc. 2°, de la Ley de Tránsito, sin haber obtenido licencia de conducir, en relación con el artículo 209, inciso 2° del mismo cuerpo legal, pidiendo una pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, multa de doce unidades tributarias mensuales y suspensión de licencia de conducir por el término de cinco años.

Sumó además la eventual configuración del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad y bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, con resultado de lesiones leves y daños, descrita y sancionada en el artículo 196, inc.1°, de la Ley de Tránsito, sin haber obtenido licencia de conducir, en relación con el artículo 209, inciso 2° del mismo cuerpo legal, pidiendo una pena de ochocientos días de presidio menor en su grado medio, multa de seis unidades tributarias mensuales y suspensión de licencia de conducir por el termino de dos años.

Junto con los anteriores ilícitos, la Fiscalía argumenta que se tipificaría el delito de huir del lugar del hecho, sin dar aviso a la autoridad y prestar toda la ayuda posible, con resultado de muerte, lesiones graves, leves y daños, del articulo 195 incisos 1°, 2° y 3°, de la Ley de Tránsito, en relación con los artículos 168 y 176 del mismo cuerpo legal, pidiendo una pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, multa veinte unidades tributarias mensuales, inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y el comiso del vehículo.

El 11 de octubre pasado, la defensa solicitó que se le sustituya la medida cautelar de prisión preventiva por arresto domiciliario total teniendo en consideración que el acusado lleva más de 20 meses privado de libertad, no ha intentado eludir la acción de la justicia, falta poco para el juicio oral y cuenta con arraigo familiar, buena conducta en el penal, se encuentra cursando estudios escolares, y trabajaba antes de ser apresado, lo que fue rechazado por el Tribunal, manteniéndose en la cárcel.

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