
QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — Con medidas cautelares menos gravosas terminó un sujeto sindicado como presunto responsable de un violento accidente de tránsito registrado la madrugada del sábado en la ciudad de Quellón, y que dejó varios heridos de diversa consideración, uno de ellos de moderada gravedad.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, las alarmas de emergencia se activaron alrededor de las 04.10 horas de la madrugada del día en comento cuando, por causas que serán objeto de indagatorias, un taxi informal con cinco ocupantes en su interior colisionó violentamente con otro móvil, a pasos del cuartel de la 6ª Comisaría de Carabineros de la ciudad puerto.
El siniestro vial se registró a la altura de la intersección de Avenida Juan Ladrillero con calle Agustín Gómez Garcia, indicándose que todo habría ocurrido cuando el vehículo menor conducido por Carlos Alfredo Caipa Salas (25 años), en evidente estado de ebriedad, presuntamente no respetó el derecho de paso preferente del taxi, impactándolo a alta energía.
Voluntarios del Cuerpo de Bomberos de Quellón fueron despachados al lugar para prestar auxilio a las víctimas, sumándose una ambulancia del Servicio de Atención Médica de Urgencia (Samu) y otra del Hospital local, al que se añadieron funcionarios de Carabineros.
La principal hipótesis que se comenzó a trabajar por parte de los peritos respecto a la causa basal de este siniestro vial indicaba que Caipa Salas habría realizado una maniobra imprudente producto de una alta ingesta alcohólica, y que se trataría de un delincuente reincidente por otro ilícito similar.
Personal policial verificó en terreno que el aludido presentaba fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar, ojos enrojecidos y somnolientos, consistentes con una persona que estaba imposibilitada para conducir por estar en manifiesto estado de ebriedad.
Adicionalmente, funcionarios de Carabineros de Quellón constataron que el 23 de agosto de 2021, y por orden judicial del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quellón, se le había suspendido durante dos años su licencia de conducir tras ser sentenciado como autor en grado de consumado del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños, descrito y sancionado en el artículo 196 inciso 1° a la Ley 18.290; además, recibió una breve suspensiòn de 20 días como autor de un delito no dar cuenta de accidente de tránsito, descrito y sancionado en el artículo 195 inciso 1° a la Ley 18.290, perpetrado en la ciudad puerto el día 19 de agosto de 2020.
Luego, además de la suspensiòn de su licencia hasta el 2023, el juez José Milanca Sánchez lo sentenció a 41 dias de prisión en su grado máximo por el primer delito, sustituyéndose la pena privativa de libertad por la de remisión condicional por el plazo de un año.
Ahora bien, en este nuevo accidente ocurrido en pleno centro de Quellón, Carabineros le practicó el intoxilyzer el que terminó por arrojar como resultado 1,37 gramos de alcohol por litro de sangre, quedando en calidad de detenido.
Lo curioso de todo es que el conductor del taxi, identificado como W.O.A.O. (22 años), trasladaba a cuatro amigos que habían salido a un recinto nocturno de Punta de Lapas, y quienes decidiendo no manejar para evitar cualquier accidente. A pesar de ello, fueron víctimas de otro ebrio, y que además era reincidente.
Carabineros que abordaron inicialmente el procedimiento tomaron contacto con el fiscal de turno, quien solicitó la concurrencia de personal de la Sección de Investigación de Accidentes en el Tránsito de la Prefectura Chiloé para que determinaran las circunstancias detrás de lo que pasó.
La capitana de dicha unidad, María Fernanda Aspe, se refirió a las labores que llevaron adelante en el centro de Quellón, detallando que todo «el accidente se genera en una maniobra de viraje, donde no se respeta el derecho preferente de paso, colisionando dos vehículos».
El chofer del taxi habría sido el que sufrió el mayor impacto del choque, siendo estabilizado y trasladado hacia un recinto asistencial con lesiones de moderada gravedad. Los otros ocupantes, sufrieron diversas contusiones menores.
El imputado fue formalizado como presunto autor en grado de consumado del delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de daños y lesiones de mediana gravedad, y con sanción vigente de licencia suspendida, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación al artículo 196 inciso 1° y 209 inciso 2°, todos de la ley 18.290.
Acá se configuraría la circunstancia agravatoria de responsabilidad penal, prevista en el artículo 209 inciso 2° de la Ley 18290, esto es, que el imputado conducía con su licencia de conducir suspendida, lo cual implica, directamente, el aumento de un grado en la posible pena que enfrentaría.
La juez interina Claudia Villa Esperguel fijó un plazo de investigación de 70 días y se fijó como medida cautelar la privación parcial de libertad del requerido en su propio domicilio, entre las 22.00 horas y las 06.00 horas del día siguiente.
Hay que recordar que cuando a un conductor, por primera vez, se le sorprende conduciendo en estado de ebriedad, de acuerdo al artículo 196 inciso 1°, ya citado, se le debiera imponer una pena de suspensión de su licencia para conducir vehículos motorizados por el lapso de dos años. Esta sanción aumenta a cinco años cuando es sorprendido por segunda vez. En el caso de una tercera ocasión, se procede a la cancelación de la licencia para siempre, independiente si existen o no daños o lesiones.
Lo anterior cambia en el caso de aquellos delincuentes que provocaren lesiones graves o menos graves dado que la prohibición a perpetuidad de volver a conducir generalmente se impone cuando es sorprendido en una segunda ocasión.

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