Ancud: partió juicio contra Carabineros de Chacao tras baleo a agricultor. Uno está acusado de homicidio

Fotografía: Carabineros de la Región de Los Lagos.
Véase también:
Ancud: el secreto baleo a campesino que remece a Carabineros de Chacao.
Ancud: INDH se querella por homicidio tentado tras baleo de Carabineros a campesino.
Ancud: formalizarán a 2 Carabineros de Chacao tras baleo a campesino.

ANCUD (La Opinión de Chiloé) — A casi 4 años de ocurridos los hechos, una enorme lentitud del Ministerio Público de Ancud, varias irregularidades en el proceso y una serie de interrogantes que aún no son respondidas, finalmente en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro partió el juicio en contra de dos Carabineros en servicio activo acusados de balear a un agricultor en febrero de 2018, dejándolo al borde de la muerte.

El caso salió a la luz pública tras un reportaje de La Opinión de Chiloé donde se consignaba que el 24 de febrero de 2018, un padre de familia identificado como J.M.C.P. había recibido 5 impactos de bala al interior de su propio predio, y frente a su esposa e hija, luego que funcionarios policiales de la Tenencia de Chacao ingresaran sin una orden judicial ni causa probable al lugar, gestándose un actuar desproporcionado que terminó con la víctima ad portas de la muerte. Los funcionarios policiales eran el sargento 2° Carlos Andrés Parra Candia y al cabo 2° Gonzalo Maxiliano Vargas Vargas, ambos dependientes de la Primera Comisaría de Carabineros de Ancud.

Desde sus inicios, el caso fue relativamente «extraño» dado que se mantuvo en secreto ante la opinión pública por largos meses, sin movimientos aparentes ante el Juzgado de Garantía de Ancud, y con varias inconsistencias en el relato de los imputados.

Según los antecedentes que se manejan, el día de marras los policías ingresaron al predio de la víctima en su vehículo o patrulla bajándose pistola en mano y con linternas, ya que era de noche. La esposa de J.M.C.P. salió de su bodega y uno de ellos la alumbró con su linterna y le habría apuntado con su pistola en la frente sin explicar razones y sin tener causa probable ya que estaba desarmada; al ver esto, levantó las manos y solicitó que se identificaran y que explicaran porqué habían entrado a propiedad privada sin recibir respuesta.

Posteriormente, salió su esposo de la bodega con una vara de madera en la mano (la que se usa para guiar bueyes) y se dirigió hacia donde estaba siendo apuntada la mujer y se puso en medio. Fue ahí donde recibió varios disparos a quemarropa.

El agricultor cayó al suelo, y según testigos, habría recibido otro disparo estando desarmado quedando inconsciente y sangrando profusamente. En este momento se inicia una serie de intercambios verbales de la esposa e hija para que Carabineros llame a una ambulancia, quienes se habrían negado arguyendo que tenían que mantener el «sitio del suceso».

Se acusa que los imputados habrían impedido el llamado a algún equipo de emergencia e insistían a madre e hija que dejaran de grabarlos con sus celulares. Minutos después llegaría el hermano del herido con su esposa, y luego su otro hermano con su esposa y dos sobrinas. Los funcionarios policiales aún no prestaban auxilio a la víctima.

El grupo familiar, a ver que J.M.C.P. seguía con vida, decidieron trasladarlo por cuenta propia en un vehículo particular hacia el Hospital San Carlos de Ancud, donde llegó en estado crítico.

Minutos después, arribó un fuerte contingente de la Primera Comisaría, registrándose una situación anómala en todo el ajetreo para salvarle la vida al afectado: una bala desapareció desde el interior de un box del Hospital San Carlos de Ancud, proyectil que habría sido extraído de la víctima antes que fuera enviado a quirófano, ante la mirada de al menos dos Carabineros quienes después no supieron dar explicaciones sobre el «extravío».

Posteriormente, el baleado fue derivado al Hospital Dr. Augusto Riffart de Castro, lugar donde continuó su proceso de recuperación. Ahí también llegó un contingente de Carabineros, sin que se sepa aún las razones por las que se realizó tal «seguimiento».

El tiempo pasó, y comenzaron a aparecer dudas por parte de la familia respecto a las actuaciones y lentitud extrema del fiscal Javier Amado Calisto Garai. Se sospechaba un eventual conflicto de interés que pesaría sobre él al tener una relación contractual con la institución: realizaba clases en la Escuela de Formación de Carabineros «Grupo Ancud», algo confirmado por el teniente coronel Juan Rodríguez Huerta, Jefe del Departamento de información pública y lobby.

Es más, fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé confirmaron que los primeros movimientos ante el juzgado local los hizo en mayo de 2019 el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) a través de una querella, mientras que sólo en agosto de ese año el fiscal decidió pedir la formalización.

Luego, recién en mayo de 2021 la Fiscalía decidió presentar una acusación, indicando que los hechos descritos serían constitutivos del delito de homicidio en grado de desarrollo frustrado, previsto y sancionado en el artículo 391 n.°2 del Código Penal, respecto del acusado Carlos Andrés Parra Candia; y del delito de lesiones graves en grado de desarrollo consumado, previsto y sancionado en el artículo 397 n.°2 del Código Penal, respecto del acusado Gonzalo Maximiliano Vargas Vargas.

La acusación indica que «con fecha 24 de febrero de 2018, en horas de la noche, cerca de la medianoche, en el interior de un predio, ubicado en el Sector Rural de Linao, comuna de Ancud, el imputado Carlos Andrés Parra Candia, mientras se desempeñaba como funcionario de Carabineros de Chile, procedió a disparar en a lo menos cuatro oportunidades sobre el cuerpo de la víctima J.M.C.P., utilizando su arma de servicio, pistola Taurus, semiautomática, calibre 9×19 mm».

Agrega además que «el imputado G.M.V.V., también mientras se desempeñaba como funcionario de Carabineros, dispara en una ocasión contra la misma víctima, utilizando su revólver de servicio, marca Taurus, calibre 38 especial, quedando J.M.C.P. gravemente lesionado».

Detalla que las heridas que fueron identificadas en varios reportes de los hospitales de Ancud y Castro detallan que la víctima recibió impactos de bala en el muslo derecho, glúteo derecho, glúteo izquierdo, muslo izquierdo y en zona abdominal, región hipogástrica, con herida de arteria y vena femoral, fractura expuesta de cadera y traumatismo abdominal penetrante, con un tiempo de incapacidad y recuperación superior a un año, que de no mediar atención médica, hubiere derivado en el fallecimiento de la víctima.

El fiscal Calisto Garai (actualmente suspendido), pidió para el funcionario Parra Candia una pena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de homicidio frustrado, más las penas accesorias que proceden de conformidad con los dispuesto en el artículo 28 del Código Penal y el comiso de las especies ofrecidas como prueba material.

Respecto del funcionario Vargas Vargas, pidió que se le condene a una pena de 800 días de presidio menor en su grado medio como autor del delito consumado de lesiones graves, más las penas accesorias que proceden de conformidad con los dispuesto en el artículo 30 del Código Penal y el comiso de las especies ofrecidas como prueba material.

Cabe mencionar que en esta causa, también está como querellante (y acusador), el Instituto Nacional de Derecho Humanos (INDH), quien también indica que los hechos descritos anteriormente son constitutivos de los delitos de Homicidio, en grado de desarrollo frustrado, previsto y sancionado en el artículo 391 N°2 del Código Penal, respecto de Carlos Andrés Parra Candia en calidad de autor, y del delito de apremios Ilegítimos, en grado de desarrollo consumado, previsto y sancionado en el artículo 150 D Código Penal, respecto del cuál le compete participación al acusado Gonzalo Maximiliano Vargas Vargas en calidad de autor.

En su caso, y a diferencia de lo planteado por el fiscal Calisto Garai, argumentó ante el tribunal que concurriría respecto de ambos acusados la circunstancia agravante de responsabilidad penal del artículo 12 n.°12 del Código Penal, esto es, ejecutar el delito de noche o en despoblado.

En consecuencia, para Parra Candia está pidiendo una pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, y las pena accesorias que correspondan, mientras que para Vargas Vargas está pidiendo una pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, y las penas accesorias que correspondan.

El juicio partió este jueves, y aunque inicialmente la fiscal (s) Pilar Werner había solicitado un aplazamiento ya que Calisto Garai estaba suspendido (está siendo investigado administrativamente por eventual corrupción), finalmente desestimó aquello y la audiencia de inicio del juicio oral se realizó como estaba programada.

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