Véase también:
Curaco de Vélez: buscan a chofer que se fugó tras accidente que dejó a vecino grave.
Curaco de Vélez: atrapan a chofer que se fugó tras grave atropello. Tiene sanción vigente.
Curaco de Vélez: confirman muerte de vecino que fue atropellado y abandonado en Huenao.
Curaco de Vélez: rechazan liberar a ebrio que huyó tras fatal atropello. Insiste que creyó era un animal.
HUENAO, CURACO DE VÉLEZ (La Opinión de Chiloé) — De manera sorpresiva, y luego de un acuerdo entre la defensa particular y la Fiscalía local de Quinchao, el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Achao dio lugar a un procedimiento abreviado en contra del único imputado por un violento accidente de tránsito ocurrido en la comuna de Curaco de Vélez hace casi diez meses atrás, y que dejó a una persona fallecida identificada como Óscar Ulises Loaiza Vera.
De acuerdo a antecedentes judiciales que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-81-2023 RUC 2310014144-2 seguida ante el tribunal en comento, Pedro Luis Mansilla Agüero fue condenado a cumplir dos penas que suman alrededor de 3 años y 62 días de cárcel por la responsabilidad que le cabría en este siniestro fatal, dándose por cerrada la causa.
En particular, se señaló que «por sentencia ejecutoriada de fecha 21 de enero de 2019, dictada en causa RUC 1800966260-6, RIT 221-2018, por delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, del Juzgado de Letras y Garantía de Achao, el imputado Pedro Luis Mansilla Aguero, entre otras penas, fue condenado a la accesoria de suspensión de su licencia de conducir por 5 años, sanción vigente al día 17 de Marzo de 2023».
Luego, se indicó que «en las circunstancias anteriores, el día 17 de Marzo del año 2023, alrededor de las 20:40 horas, por la vía pública, Sector Huenao, KM-1, Ruta W-571, de la comuna de Curaco de Vélez, el imputado Pedro Luis Mansilla Agüero conducía la camioneta marca Toyota, modelo Hilux, doble cabina, color rojo, patente GDLR-89, en subida, diseño vial línea recta, sin estar atento a las condiciones del tránsito, no se percata de la presencia y proximidad de la víctima Oscar Ulises Loaiza Vera, quien transitaba como peatón por la ruta, momentos en que con el tercio derecho de la parte frontal de la camioneta que conducía golpeó y de esta manera atropelló a la víctima, luego de lo cual el imputado no detuvo su marcha, continuó con su conducción y huyó del lugar de los hechos, no prestando la ayuda que le era posible ni dando cuenta de lo sucedido en la autoridad policial más próxima. A consecuencia del actuar del imputado la víctima resultó con múltiples lesiones de gravedad, recientes, vitales y letales, compatibles con la hipótesis de atropello, que finalmente le provocaron la muerte en el Hospital de Castro, el día 20/03/2023, a causa de un politraumatismo».
En consecuencia, los hechos antes descritos configurarían un delito de conducción de vehículo motorizado con sanción vigente, previsto y sancionado en el inciso 1 del artículo 209 de la Ley de Tránsito, esto en atención a que no cumplió con la suspensión de la licencia de conducir tras sentencia del mismo tribunal de Achao.
Además, se añade el delito más gravoso que es no detener la marcha, no prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad con resultado de muerte, previsto y sancionado en los artículos 168, en relación 176 y 195, inciso 3 de la Ley de Tránsito.
A este respecto, el fiscal Cristian Mena Espinoza aseguró que le caría participación en calidad de autor en estos ilícitos en los términos del artículo 14 n.º 1 y 15 n.° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, siendo secundado por el juez de turno.
A este respecto, el juez Hernán Mancilla Vargas decidió aplicar, por el delito de Conducir Vehículo con Sanción Vigente, la pena de sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales y multa de un tercio de 1 UTM.
Por el delito de no detener la marcha, no prestar la ayuda posible ni dar cuenta a la autoridad, con resultado de muerte, la pena que se aplicó fue de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, multa de un tercio de 1 UTM y el comiso de la camioneta involucrada.
Para la aplicación de la pena, se consideró la atenuante del artículo 11 n.°9 del Código Penal, esto es, colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos.
Cabe mencionar que el delincuente se encontraba en prisión preventiva desde que fue detenido en marzo de 2023, cuando se consideró que su libertad constituiría un peligro para la seguridad de la sociedad, acotando en esa época el juez Mancilla Vargas que «una detención domiciliaria no produciría, un efecto de tranquilidad y seguridad a la población».
La víctima, identificado como Óscar Ulises Loaiza Vera (61 años), quedó con lesiones de carácter grave en el lugar luego que fuera atropellado y lanzado varios metros por el vehículo hasta traspasar el alambrado de púas de un cierre perimetral, cercano al sitio del accidente, quedando abandonado en la vía.
Fue trasladado a un centro asistencial con posterioridad en estado de extrema gravedad, mientras que personal de la Sección de Investigaciones Policiales (SIP), de la Subcomisaría de Carabineros de Achao, inició varias diligencias para dar con quien sería el responsable.
Efectivos de esa unidad, al mando del suboficial Luis Alvarado Villarroel, constataron que en el sitio del suceso habían restos de un móvil de color rojo esparcidos, los que corresponderían al parachoques de una camioneta que le pertenecía al hoy sentenciado.
En efecto, dicho móvil —hoy decomisado— sería encontrado en el domicilio del imputado que se ubica a aproximadamente a 2 kilómetros del sitio del suceso, por lo que Carabineros revisó el móvil verificando daños en el parachoques, que serían consistentes con los restos que quedaron dispersos en la vía.
Según indicó el fiscal (s) Cristian Mena Espinoza al juez de garantía en esa época, esta persona «en forma espontánea [habría] manifiesta[do] que anoche (el viernes) había conducido y chocado contra algo que podía ser una persona, pero que pensó que era un perro y manifiesta que desea prestar declaración».
Lo anterior fue corroborado por la abogada defensora particular ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, diciendo que «existe un reconocimiento de participación en el accidente de tránsito, el cual terminó con la muerte de la víctima; no obstante de ello, el imputado se enteró de este resultado fatal al otro día cuando fue llevado a declarar por la SIP de Carabineros, desconociendo hasta ese momento el resultado».
Acotó que «esta información la entrega justamente mi representado ante Carabineros y también ante el Ministerio Público el día lunes 20 de marzo, reconociendo su participación, no desconociendo los hechos, y asumiendo su responsabilidad, pero señalando en todo momento que siempre pensó que habría sido un animal, y no una persona».
El día de la detención del delincuente, la víctima estaba aún con vida internado en el Hospital Dr. Augusto Riffart de Castro, en estado grave y con riesgo vital, luego que fuera sometido a una larga intervención quirúrgica producto de un politraumatismo severo y laceraciones diversas.
Sin embargo, al momento de concretarse la formalización en contra de Mansilla Agüero, el afectado ya había fallecido, sustentando el pedido de prisión preventiva realizada por la Fiscalía local de Quinchao, sin perjuicio de los antecedentes de condenas previas que tenía por ilícitos similares.
Personal de la Sección de Investigación de Accidentes en el Tránsito (SIAT) de la Prefectura de Carabineros de Chiloé peritó el sitio del suceso, emitiendo el informe técnico pericial SIAT 16A/2023 con la dinámica de lo que habría ocurrido. A lo anterior se sumaron otros antecedentes que llevaron al procedimiento abreviado realizado recientemente.
Así las cosas, a los tres años y 62 días que suman las penas a las que fue condenado, se le deben restar 296 días que se ha encontrado en prisión preventiva.
En cuanto a los antecedentes penales previos, cabe mencionar que de acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, el imputado tiene varias condenas anteriores, incluyendo una del 21 de enero de 2019, cuando fue sentenciado a una pena de sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo, a la multa de un tercio de unidad tributaria mensual, a la suspensión de la licencia de conducir por cinco años, como autor del delito de Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad.
Lo anterior es tras ser sorprendido el día 2 de octubre del año 2018, en horas de la tarde, aproximadamente a las 19.49 horas, conduciendo en estado de ebriedad la camioneta patente DBYC-10 por calle Gabriela Mistral esquina Padres Jesuitas, de Curaco de Vélez, siendo fiscalizado y detenido por personal de Carabineros de Chile.
En aquella oportunidad, la prueba respiratoria arrojó un resultado de 2.30 gramos por litro de alcohol en la sangre, mientras que con fecha 27 de noviembre del año 2018, el Servicio Médico Legal de Valdivia evacuó informe de alcoholemia respecto del requerido, el cual arrojó un resultado de 3,17 gramos por mil de alcohol en la sangre.
Por otro lado, el 6 de junio de 2022, recibió otra condena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, y las accesorias de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito de conducir vehículo con sanción vigente.
Esta sentencia se basa en hechos ocurridos el 3 de mayo de ese mismo año, cuando en horas de la mañana, alrededor de la 10.50 horas, fuera sorprendido manejando en la vía pública de la ciudad de Achao, a pesar de tener suspendida su licencia por 5 años.
Comentarios